Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 3 de septiembre de 2020.- El Congreso del Estado reformó la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Oaxaca, a fin de que sea el mismo Poder Legislativo el que emita la convocatoria para elegir al o la titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas.
Lo anterior, debido a que el Poder Ejecutivo estatal no cumplió con este mandato, en beneficio de la demanda de justicia de las víctimas y sus familiares.
Se trata de una adición de dos párrafos al Artículo 34 de la referida ley, misma que faculta al presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso o de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, a que emita la convocatoria para elegir al o a la comisionada, cuando el titular del Poder Ejecutivo no cumpla dentro del plazo señalado.
Asimismo, permite que la misma Comisión permanente desarrolle el proceso de selección de la terna y los subsecuentes. El plazo para la emisión de la convocatoria será de 15 días previos a que concluya el cargo de comisionada o comisionado.
Esta medida legislativa aprobada por la representación popular, busca resarcir esta falla y garantizar los derechos humanos y libertades fundamentales mediante la conformación de instituciones autónomas competentes para agilizar la búsqueda efectiva de personas desaparecidas, como es el caso de esta Comisión.
El pasado 12 de septiembre, la 64 Legislatura reformó la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Oaxaca, misma que facultaba al Poder Ejecutivo para emitir la convocatoria pública, abierta y con participación activa de familiares de personas desaparecidas, a fin de realizar el proceso de selección de una terna y remitir la misma al Congreso.
Sin embargo, a partir de ahora, la conducción de dicho proceso queda en manos de los integrantes de la Cámara de Diputados local.