Ismael García M./Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 13 de julio de 2021.- El gobierno de Oaxaca y el federal incumplieron con la sentencia sobre el amparo 795/2017 de un Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial de la Federación, al no reconectar el servicio de agua potable para San Pedro y San Pablo Ayutla Mixe.
La orden había establecido un plazo de tres días hábiles, mismo que feneció ayer, sin que se hubiera instruido la medida que, en caso de desacato, ordena una multa de ocho mil 962 pesos, separación de su puesto de la o las autoridades responsables y en su caso su consignación ante la autoridad ministerial competente.
Una de las activistas que ha promovido a nivel nacional e internacional la exigencia de reconexión del agua es Yásnaya Elena Aguilar, quien lamentó el incumplimiento por parte del gobierno de Alejandro Murat Hinojosa.
Después de un largo proceso, el pasado 24 de junio de 2021, el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito de Cholula, Puebla, confirmó la sentencia dictada en primera instancia por lo que el Gobierno del Estado, la Comisión Estatal del Agua, la Secretaria General del Gobierno, la Comisión Nacional del Agua y las autoridades municipales de Tamazulápam, todas autoridades responsables deberán acatar dicho fallo y garantizar el derecho al agua de la comunidad, restituyendo el pleno goce de este derecho y la reconexión al manantial para abastecer de agua a Ayutla.
Desde 2017, habitantes de San Pedro y San Pablo Ayutla han enfrentado una serie de violaciones a sus derechos y agresiones derivadas de la problemática por falta del vital líquido por parte de sus vecinos de Tamazulápam del Espíritu Santo, cuya disputa ha dejado una persona fallecida, mujeres secuestradas y heridos.
La situación fue documentada ampliamente desde la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (Red TDT) durante la Misión Civil de Observación Ayutla Mixe realizada en el año 2019 y en cuyo seguimiento se ha constatado que aún persisten.
Como parte de las acciones jurídicas emprendidas por la comunidad, se interpuso el amparo 795/2017 para que se garantizara el derecho humano al agua potable para los habitantes.
En julio del 2020 se dictó sentencia favorable para ordenar la reconexión inmediata, sin embargo, las autoridades solicitaron la revisión de la misma.
Ahora, mediante la notificación de la ejecutoria de la sentencia confirmada, el Poder Judicial ordena a las autoridades a cumplir con el contenido de la misma en un plazo de tres días hábiles.
El pasado viernes, las autoridades municipales, agrarias y auxiliares de San Pedro y San Pablo Ayutla y de Tamazulápam del Espíritu Santo, emitieron un comunicado conjunto, en que pidieron a autoridades judiciales y administrativas, así como particulares, no inmiscuirse en su problemática y permitirles solucionar sus conflictos, del agua como agrario, de manera interna.