Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 4 de marzo de 2022.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), que confirmó el decreto emitido el 7 de diciembre de 2021 por la Mesa Directiva de la 65 Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca, por el que se declaró vacante el cargo de diputado local, propietario y suplente, del Distrito local I, con cabecera en Acatlán de Pérez Fiqueroa.
Es preciso señalar que el juicio fue promovido por un ciudadano que resultó electo en las pasadas elecciones celebradas en el estado de Oaxaca (Gustavo D. S.) para el cargo de diputado local del Distrito referido, sin embargo, a la fecha no se le ha tomado protesta de Ley para ocupar dicho puesto, ya que la Mesa Directiva del Congreso Estatal declaró vacante su cargo debido a que fue vinculado a proceso y se le impuso prisión preventiva en el Centro Federal de Readaptación en el Estado de Michoacán, por el delito de ultrajes a la autoridad.
El Pleno de la Sala Regional indicó que, si bien la pretensión última del promovente respecto a que se le tome protesta y pueda ejercer el cargo de diputado para el que fue electo no puede ser alcanzada, lo cierto es que, el hecho de estar privado de su libertad por una medida preventiva emitida un juez de control no implica, por si mismo, la suspensión de sus derechos politico-electorales, por lo que revocó la resolución impugnada.
De igual forma, se revocó el citado acuerdo emitido por la Mesa Directiva de la 65 Legislatura del Congreso del Estado, toda vez que, en el caso concreto, no se actualiza el supuesto previsto en el articulo 47 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca para realizar tales comicios.
Ello, con el fin de garantizar el derecho del promovente al ejercicio del cargo cuando se defina su situación iurídica.
(Comunicado)