Gibrán Ramírez Reyes*
Por las condiciones de la Cámara de Diputados, podría convenirse que el legado normativo de López Obrador está ya escrito.
Con un estilo singular, en este gobierno se hicieron primero las reformas y luego el programa político. Ha dicho el Presidente que las reformas que no pasen serán para después.
Con la marca de la casa, también, se han creado y modificado algunas instituciones y se han ampliado las llamadas aspiraciones constitucionales. Hasta hoy, se ha reformado la Constitución en más de 50 artículos, al menos en 15 materias.
Las reformas políticas (artículos 7, 8, 15) se han caracterizado por su superficialidad y su defectuoso diseño institucional. La del Poder Judicial acrecentó los poderes de la Presidencia de la Suprema Corte, no consideró la impartición de justicia de los estados de la República y mantiene buena parte de los nombramientos de su estructura por fuera de la carrera judicial; las reformas de consulta popular y revocación de mandato presentan muy serios defectos de diseño derivados únicamente del cálculo coyuntural.
La consulta popular, que no se introdujo en este sexenio, sí se cambió para, al igual que la revocación de mandato, realizarse en una fecha distinta de las elecciones de diputados federales, lo que no tiene ningún sentido, dificulta y encarece el ejercicio —y además ha sembrado ya terribles antecedentes que lo debilitan, tales como la reducción de casillas respecto de una elección constitucional federal.
Incluiría dentro de estas reformas la eliminación del fuero presidencial y la de las partidas secretas, ambas que debilitan al Poder Ejecutivo. Hay también reformas impositivas (artículos 6 y 12): una, en materia de extinción de dominio, que permite que las autoridades puedan disponer de bienes cuya obtención lícita no pueda demostrarse y sean propiedad de personas señaladas por delitos; y otra, que prohíbe la condonación de impuestos, una práctica que se ha evitado en este gobierno a la par del cobro de adeudos a grandes contribuyentes.
Están, por último, las reformas en materia de derechos (artículos 1, 2, 3, 4, 5, 9, 10, 11): de paridad entre los géneros —no solo en las candidaturas, sino en la conformación de ayuntamientos, gabinetes y Poder Judicial—; el reconocimiento a los pueblos afromexicanos y sus derechos; la eliminación de la evaluación punitiva a los profesores; la obligatoriedad y garantía de la educación media superior y superior; la ampliación del catálogo de la prisión preventiva oficiosa (un retroceso, por si no está claro).
El compromiso de honrar los compromisos internacionales en materia de juventud; la inclusión del derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial; y, la más importante, la reforma en materia de bienestar del artículo cuarto, que obliga al gobierno, independientemente de quién lo encabece, a pagar una pensión a los adultos mayores —recuperando así el hecho de que las pensiones estén en función de la vejez y no de la antigüedad laboral—, becas a estudiantes y a personas con discapacidad permanente y a instituir un Sistema Nacional de Salud para el Bienestar.
De buena fe se diría que hay programa para mejorar la realidad; con mala leche, aspiracionismo constitucional.
@gibranrr