Yuridiana Sosa/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 27 de enero de 2023.- La 65 Legislatura de Oaxaca votó aprobó la comparecencia para una funcionaria del gabinete del mandatario Salomón Jara Cruz, misma que se realizará en febrero.
El pasado miércoles, el pleno avaló con 31 votos la presencia de la titular de la Secretaría de la Honestidad, Transparencia y Función Pública de Oaxaca, Leticia Reyes, para que comparezca y detalle sobre la situación que guarda la entrega-recepción del Gobierno del Estado, los hallazgos más relevantes y las acciones promovidas.
La proposición con Punto de Acuerdo fue por parte de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática (PRD), quienes consideraron urgente que la funcionaria rinda el informe en la tercera semana de febrero; aunque el día y la hora aún no se define.
Durante su participación, el perredista Víctor Raúl Hernández López apuntó que la entrega-recepción de un gobierno es el primer acto institucional de relevancia para la ciudadanía y para el Poder Legislativo, quien encarga de aprobar el presupuesto de egresos y el responsable de su fiscalización y el ejercicio que fortalecen la rendición de cuentas.
Por esa relevancia, y que en los términos legales el gobierno entrante debe dar aviso y formular denuncias o querellas cuando en la revisión detecten una posible comisión de delitos, se hace necesario el informe.
De acuerdo con la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos y Bienes del Estado de Oaxaca, en su artículo 12, “los servidores públicos salientes estarán obligados a proporcionar a los servidores públicos entrantes, a los Órganos de Control competentes, la información que requieran y realizar las aclaraciones que les soliciten durante los treinta días hábiles, contados a partir de la firma del acta de entrega-recepción”.
El plazo de 30 días, agregó el diputado, concluye en el mes de enero, por lo que es oportuna la comparecencia.
Por otra parte, en dicho artículo, también de indica que “lo dispuesto en el presente artículo no exime la obligación de los servidores públicos en funciones y de los entes fiscalizados de proporcionar oportuna y exhaustivamente, a las autoridades competentes para ejercer atribuciones de fiscalización, inspección o vigilancia, en los términos señalados en las leyes en la materia, la información y documentación pertinente, suficiente, competente y relevante para atender los actos de fiscalización y, en su caso, solventar las observaciones que se determinen”.