Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 2 de noviembre de 2023.- Del 1 de enero y el 15 de octubre de 2023, en el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ingresaron 62 juicios por violencia política en razón de género, lo que representa el 14% del total de medios de impugnación formados, informó el órgano.
En el marco de la reciente sesión ordinaria del Observatorio de Participación Política de las Mujeres en Oaxaca (OPPMO) detalló que, de este universo, 37 expedientes corresponden a municipios del régimen de partidos políticos, 20 al régimen de sistemas normativos internos y cinco refieren a los partidos políticos.
Abundó que una característica de los juicios es que no siempre un juicio equivale a una mujer, pues hay juicios en los que las accionantes son varias mujeres, por lo que la tendencia es que es mayor el número de promoventes que de juicios
En este sentido, el Tribunal reveló que, al 15 de octubre de este año, 85 mujeres han denunciado agravios relacionados con violencia política en razón de género.
La gran mayoría, expuso, son mujeres que ocupan el cargo de regidoras: 45 actoras en 31 juicios.
De los asuntos resueltos, en seis expedientes sí se acreditó la violencia política contra las mujeres en razón de género, siete fueron reconducidos al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), ocho fueron sobreseídos, desechados o se declaró no competencia.
El Tribunal Electoral local señaló que en nueve juicios no se acreditó la violencia, pero, advirtió, en tres de estos asuntos sí se acreditó la obstrucción en el ejercicio del cargo.
Algunas de las acciones que constituyen obstrucción, son: la omisión de convocar a una mujer autoridad a las sesiones de cabildo, de designarle recursos materiales y humanos para desarrollar las actividades propias de su cargo, el vulnerar el derecho a la observación y vigilancia de la administración pública municipal, la negativa de contestar solicitudes o la omisión de recibir el pago íntegro de sus dietas.
Aclaró que si tales actos no hubieran ocurrido si se tratara de un hombre, si están afectando desproporcionadamente a la mujer respecto a sus compañeros, si están minando la imagen de la mujer autoridad ante su comunidad, si ello implica violencia psicológica, simbólica y patrimonial; esa obstrucción y otros actos como la humillación pública, coacción para firmar documentos, malos tratos, aplicación de la ley de hielo, etcétera; entonces, sí configuran la violencia política en razón de género.
En cuanto a los seis expediente en los que sí se acreditó la violencia política en razón de género, expuso, corresponde a autoridades de los municipios de: Santa Lucía del Camino, Ocotlán de Morelos, San Pedro Teozacoalco, San Simón Zahuatlán, San Juan Bautista Valle Nacional y San Juan Guelavía.