Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 8 de agosto de 2024.- Con 35 votos a favor, el pleno de la 65 Legislatura local aprobó la reforma al Código Penal de Oaxaca para tipificar la sumisión química y agravar las penas para quien cometa otros delitos usando ésta.
Por lo cual, a propuesta de la diputada Lizbeth Anaid Concha Ojeda, quedó establecido en el marco jurídico que comete el delito de sumisión química quien, sin consentimiento de la persona o mediante intimidación o engaño, obligue, procure, facilite induzca, propicie o favorezca el consumo de narcóticos, fármacos o cualquier otra sustancia natural o química para manipular, anular o disminuir la voluntad de la víctima.
O para generar una disminución del grado de vigilancia de la persona afectada, así como para vulnerar su capacidad de discernimiento o provocar su completa inconsciencia.
La legisladora expuso la urgencia de tipificar la sumisión química ya que esta práctica es usada en bares y discotecas, por lo cual es necesario “visibilizar el problema, y establecer penalidades que inhiban la comisión del delito, asimismo para el caso de delitos sexuales pueda considerarse como una agravante cuando concurra el delito de sumisión química”.
“De acuerdo con el estudio publicado por el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) en el año 2017, titulado «Violencia sexual contra las mujeres y consumo de drogas», muy pocos casos de violación son denunciados ante las autoridades, y cuando denuncian, el acceso a la justicia de las mujeres se ve obstaculizado por elementos socioculturales discriminatorios como por ejemplo, si la mujer accedió a consumir alcohol o drogas voluntariamente antes de la comisión del delito sexual”, argumentó.
Este delito se castigará desde con cinco hasta 10 años de prisión y multa de 50 a 250 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
“Lo anterior, sin perjuicio de las penas que correspondan a otros delitos que se cometiesen sobre la víctima de sumisión química”, refiere el dictamen aprobado y emitido por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia.
Asimismo, esta sanción incrementará en una mitad si el autor del delito fuese persona empleada o colaboradora del establecimiento destinado a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en donde se cometió la sumisión química, o se tratase de un proveedor de servicios de dicho lugar.
Mientras que la pena se aumentará en una tercera parte si algún empleado o colaborador de un negocio destinado a la venta y consumo de bebidas alcohólicas o de un proveedor de servicios, prestare ayuda al autor, coautor o cómplice de la sumisión química.
Con esta reforma al Código Penal también se agravan las penas para quien cometa otros delitos usando la sumisión química, como la violación sexual, el hostigamiento y la fabricación de contenido íntimo, sexual o erótico, algunas sanciones son de 27 años de cárcel.
Para estos cambios en la legislación, se reformaron la fracción III del párrafo segundo del artículo 241, el tercer párrafo del artículo 241 Bis, la fracción III del segundo párrafo del artículo 241 Ter, el primer párrafo del artículo 247 y la fracción VI del cuarto párrafo del artículo 249; y se agregó el capítulo IX llamado “Sumisión Química”, que contiene los artículos 325 Bis y 325 Ter al Título Décimo Sexto “Delitos contra la vida y la integridad corporal”, del Código Penal de Oaxaca.