Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 14 agosto de 2024.- La Fiscalía General del Estado de Oaxaca condena la determinación del juez José Gabriel Ramírez Montaño, mediante la cual, Juan Antonio V. C., Rubicel H. R. y Rubén L. C., fueron absueltos del delito de feminicidio en grado de tentativa, contra María Elena R.O., ocurrido el pasado 9 de septiembre de 2019, sentencia por la que se interpondrá los recursos legales necesarios para revertirla.
Para la FGEO, el fallo absolutorio dictado por el Tribunal de Enjuiciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca, es insuficiente y vejatorio a los derechos de la víctima, toda vez que la Ministerio Público de la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos contra la Mujer por Razón de Género a cargo del caso, aportó todas las pruebas necesarias respecto a la participación –en distintas formas—de las personas indiciadas en el ataque con ácido contra la víctima.
La institución llevó a cabo un proceso de investigación apegado a técnicas científicas, lo que permitió sustentar con documentación, el tipo de relación y complicidad de los actores, las cuales fueron desestimadas ilegítimamente por el juez José Gabriel Ramírez Montaño.
La Fiscalía de Oaxaca también recurrió a tecnologías de inteligencia criminal, tales como el análisis de las sábanas de llamadas, que permitió establecer que la llamada hecha por los autores materiales a la víctima, se realizó desde el teléfono de Rubén L. C., a través de la cual se pactó una cita con Ponciano H. Y. (fallecido) y Rubicel H. R., supuestamente para solicitar un servicio profesional, pero ocuparon ese pretexto para agredir a María Elena R. O., pues además fueron captados en video al momento de ingresar y de salir del domicilio de la víctima, el 9 de septiembre de 2019, justo cuando ocurrió el ataque con ácido sulfúrico.
Asimismo, se logró establecer que existieron llamadas telefónicas y reuniones entre Rubén L. C. y Juan Antonio V. C., en lo que se llama “momento crítico”, comprendido entre el 6 y el 9 de septiembre de 2019, periodo en el que se planea y ejecuta la agresión en agravio de María Elena R. O.
No obstante de las pruebas presentadas, las declaraciones, los cientos de fojas de investigación que integraron la carpeta, el juez José Gabriel Ramírez Montaño, emitió una sentencia absolutoria contra los acusados, lo que deja en evidencia que el proceso legal careció de perspectiva de género por parte del Tribunal de Enjuiciamiento, pues incluso, se desestimaron pruebas médicas certificadas que demuestran que la vida de la víctima estuvo en riesgo por las heridas ocasionadas por la abrasión sufrida por el ácido sulfúrico.
Por lo anterior, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca presentará un recurso de apelación en contra de la determinación del juez del Tribunal de Enjuiciamiento, José Gabriel Ramírez Montaño, para buscar las vías legales por las cuales, la víctima tenga acceso pleno a la justicia y la reparación del daño, toda vez que la FGEO ha brindado y continuará otorgando acompañamiento integral a María Elena R. O.
La FGEO señala que la determinación del Juez sienta un precedente de impunidad en la entidad, en el caso de María Elena R.O., así como de todos los casos de violencia contra las mujeres y reitera que el acceso a la justicia, verdad y reparación es un derecho de las víctimas, por ello, el trabajo que realiza la Fiscalía de Oaxaca está apegado a derecho y bajo estándares nacionales e internacionales de investigación.
(Comunicado)