Ismael García M./Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 22 de agosto de 2024.- A casi un mes de los más recientes hechos violentos en contra de cristianos evangélicos en San Juan Lalana, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió una Medida Cautelar.
“Por presuntas violaciones a los derechos a la dignidad, a la libertad (física y de culto), a la integridad y seguridad personal y a la propiedad, por parte de autoridades de San Isidro el Arenal, comunidad perteneciente al municipio de San Juan Lalana, en agravio de una familia de esa localidad cuya religión es distinta a la católica, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió la Medida Cautelar 19/2024”, informó anoche a través de las redes sociales.
Sin embargo, de acuerdo con la propia Secretaría de Gobierno, desde inicios de este mes se han agudizado las agresiones en contra de los evangélicos en la ranchería de Cerro Cajón de Lalana, cuando les quemaron su templo y les robaron ganado y otros bienes.
En el transcurso de agosto, ha habido también retenciones de hombres y mujeres, así como desplazamientos, agresiones y amenazas de destierro; según el Gobierno del Estado, se ha atendido mediante el diálogo el conflicto, aunque el pasado martes no se pudo llevar a cabo la reunión programada entre las partes.
En un comunicado emitido esta mañana, el organismo a cargo de Elizabeth Lara Rodríguez, detalló que la medida está dirigida al secretario de Gobierno del Estado de Oaxaca; al fiscal General del Estado de Oaxaca y al presidente municipal de San Juan Lalana, Oaxaca.
“Este organismo protector de derechos humanos ha documentado que con motivo de profesar una religión distinta a la católica, pobladores de San Isidro el Arenal, San Juan Lalana, han privado de la libertad a un grupo de personas, entre ellos a mujeres, niños, y una persona mayor con discapacidad, además de que ingresaron a sus viviendas con el objeto de destruirlas para finalmente expulsarlos de la comunidad, bajo el argumento de que ‘por usos y costumbres no está permitido profesar otra fe que no sea la católica’”.
Al secretario de Gobierno del estado de Oaxaca y al presidente municipal constitucional de San Juan Lalana, pidió se realicen de forma coordinada las acciones necesarias, suficientes e idóneas para que, tomando en consideración las especificidades de género y edad, así como otras condiciones particulares en las que se encuentren los agraviados, se salvaguarden sus derechos a la dignidad, a la libertad (física y de culto), a la integridad y seguridad personales y a la propiedad.
“En caso de que existan conductas posiblemente constitutivas de delito, colaboren institucionalmente en el seguimiento de las mismas, así como en la aportación de pruebas, realizar las acciones necesarias para que, tomando en consideración las características particulares en las que se encuentra la persona adulta mayor agraviada, le sean brindadas las atenciones médicas suficientes, necesarias y oportunas para garantizar su derecho a la salud y que, al mismo tiempo, ello sea otorgado con un trato digno y adecuado hacia la misma”.
Al secretario de Gobierno del estado de Oaxaca, al fiscal General del Estado de Oaxaca y al presidente municipal constitucional de San Juan Lalana, en coordinación interinstitucional, demandó se garanticen a las personas afectadas condiciones de seguridad mínimas para que habiten y pernocten el tiempo que sea necesario en un alojamiento alternativo, en tanto se crean las condiciones suficientes para que éstos puedan volver a sus hogares.
En específico, a la Fiscalía se requiere que se giren las instrucciones para que se inicien las indagatorias a fin de garantizar la protección de los agraviados y se les hagan de su conocimiento, con la asistencia de un traductor en su idioma, las acciones a que tienen derecho y presenten, ratifiquen y/o amplíen las denuncias correspondientes, así como, desahoguen las diligencias ministeriales a que haya lugar en la integración de la carpeta de investigación iniciada.
De igual forma, se giren las instrucciones que correspondan para que de manera inmediata se les brinden a los agraviados, en su calidad de probables víctimas de delito, las medidas de ayuda, asistencia, atención, protección y rehabilitación a que haya lugar, en tanto se investigan los hechos denunciados, que incluyan un lugar de alojamiento alternativo que cuente con las condiciones de estancia digna.