Isidoro Yescas*
Con las reformas constitucionales a la Ley de Revocación de Mandato ya redactadas y aprobadas por la LXVI legislatura al gusto y conveniencia política de la kakistocraciaprimaveral, ahora empiezan a correr los tiempos legales y políticos para su aplicación.
Pasemos a repasarla en forma cronológica.
Del primero al 10 de octubre del 2025 el Consejo General del IEEPCO deberá aprobar los formatos impresos y en medios electrónicos para la recopilación de firmas, así como los lineamientos correspondientes.
No debe perderse de vista que para que proceda la solicitud de revocación deberá cubrirse el 10 por ciento de la lista nominal de electores del estado de Oaxaca (poco más o menos 310 mil firmas) en la mitad más uno de los 570 municipios (281).
Con los formatos y lineamientos ya aprobados por el IEEPCO, las partes interesados en promover la revocación de mandato dispondrán solamente de un mes (diciembre) para recabar las firmas y presentarlos ante el órgano electoral en el mes de enero del 2026.
Durante el mes de enero del 2026, el órgano electoral revisará y, en su caso, emitirá la convocatoria para la realización de la consulta revocatoria.
Sin embargo, si no se cumplen con los requisitos de validación de firmas equivalente al 10 por ciento del listado nominal de electores en un universo mínimo de la mitad más uno de los 570 municipios, el IEEPCO desechará la solicitud y la archivará “como asunto total y definitivamente concluido” (art. 40).
Si se toma en cuenta que solamente se dispondrán de cuatro semanas para que todas las organizaciones, comités y grupos ciudadanos recorran la mitad del territorio oaxaqueño para obtener las firmas, pudiera ocurrir que el proceso revocatorio quede trunco .
Sin embargo, ya hay claras señales que por indicaciones del jefe del Poder Ejecutivo toda la estructura político-administrativa gubernamental operará lo mismo para asegurar que se cubran con las firmas necesarias para que proceda la consulta como para que a la hora de la verdad se asegure la continuidad de la Primavera Oaxaqueña.
Lo anterior por una factor de primer orden: lo que el gobierno buscará con la consulta será recuperar la legitimidad y confianza ciudadana perdida en menos de un trienio (por lo demás ,una baja legitimidad evidenciada con los resultados de la elección de gobernador del 2022 en donde SJC apenas si se acercó a los 700 mil votos).
Asumiendo, entonces, que la consulta se lleve a cabo en cualquiera de los cuatro domingos del mes de febrero del 2026, otra tarea del IEEPCO será asentar en la boleta la siguiente pregunta, acompañada de dos opciones de respuesta:
¿Estás de acuerdo que al ciudadano Salomón Jara Cruz, gobernador del estado, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la gubernatura hasta que termine su período?
1. Que se revoque el mandato por pérdida de la confianza.
2. Que siga en la gubernatura.
Hasta aquí las partes sustantivas de las reformas a la legislación del 2023 relacionadas con la solicitud y realización de la consulta, ahora ya reformuladas con el objetivo de acortar tiempos y pavimentar el camino de la continuidad primaveral.
Pensando en clave democrática, lo peor que pudiera ocurrir en este ejercicio revocatorio es que, como ya se advierte, un derecho ciudadano se convierta en instrumento de manipulación y legitimación de un mal gobierno. Y si la ciudadanía y sus expresiones organizativas no despiertan y se ponen las pilas, más vale irse blindando para otros tres años de corrupción, nepotismo e inseguridad.
*Maestro en Sociología y periodista.
@YescasIsidoro
