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Acata el IEEPCO orden del Tribunal; inicia recolección de firmas para Revocación 

por Agencia Zona Roja

Lisbeth Mejía Reyes/Zona Roja.

Oaxaca, Oax., a 4 de noviembre de 2025.- De última hora, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca (IEEPCO) acató la orden del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) para eliminar el requisito de presentar la copia de la credencial para votar durante la recolección de firmas para el proceso de solicitud de Revocación de Mandato.

Según el calendario avalado por el IEEPCO, en este proceso ya se concluyó con la etapa de solicitud de registro de promoventes (del 11 al 31 de octubre). Y a partir de este 1 de noviembre comenzó el periodo para la recolección de firmas, vigente hasta el 30 de noviembre. 

Posteriormente, del 1 al 31 de diciembre se podrán hacer las solicitudes de revocación de mandato, o en su caso ratificación de mandato, del gobernador Salomón Jara Cruz.

De acuerdo con el Instituto, el proceso está basado en la legislación estatal y «es el mecanismo solicitado por la ciudadanía oaxaqueña, para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Gubernatura del Estado, a partir de la pérdida de la confianza». 

Es decir, para decidir si continúa o termina antes de tiempo el periodo del gobernador, en este caso de Salomón Jara Cruz.

LAS PROHIBICIONES

En conferencia de prensa realizada este lunes, el consejero Jurídico del gobierno estatal, Geovany Vásquez Sagrero, explicó que el proceso es meramente ciudadano, por lo que no pueden ni deben intervenir partidos políticos, tampoco representantes populares o servidores públicos (ya sea por designación o elección popular).

Como parte de este proceso, el gobierno estatal y el IEEPCO también han informado que para que se deberá recabar el 10 por ciento de las firmas del listado nominal en 286 municipios.

Lo anterior para sustentar la solicitud formal de revocación que deberá presentarse en diciembre; «y en los siguientes 10 días, las autoridades electorales revisarán su validez para después emitir la convocatoria», según detalla el gobierno estatal en uno de los boletines del 12 de octubre.

LA AMONESTACIÓN

El pasado 31 de octubre el Tribunal Electoral de Oaxaca, determinó que pedir copia de la credencial de elector es «una carga adicional que puede obstaculizar el ejercicio del derecho de participación ciudadana». 

Además de que no está previsto en la legislación federal ni en la Ley Estatal de Revocación de Mandato.

Por eso le ordenó al IEEPCO la eliminación de los artículos 25, 26 y 27 de los lineamientos. Es decir, aquellos en los que se pedía copia de la credencial de elector.

Un día después de la resolución del TEEO del Recurso de Apelación identificado con la clave: RA/23/2025 y acumulados, el IEEPCO emitió un comunicado dirigido a la ciudadanía oaxaqueña, en el que informa que quedaron sin efecto los artículos 25, 26 inciso «d» y el 27 inciso «e». Es decir, que ya no se pedirá la copia de la credencial.

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