Dulce Hemilse Hernández Matías*
Oaxaca, Oax.- La Monarquía Corporativa en el Virreinato de Nueva España
A partir de la llegada al poder del rey Carlos V (1516-1556), se concibió una gran monarquía compuesta, ya que había heredado grandes territorios que se sumaron a los de América. Ante una enorme diversidad de reinos bajo un mismo soberano, el rey, para mantener su autoridad, tuvo que distribuir la administración en diversos cuerpos sociales que a su vez le representaban en cada uno de sus dominios. Ya para 1591, el rey otorgó a los obispos la facultad de visitar y supervisar los bienes y las finanzas de las iglesias y hospitales.
El Virreinato de la Nueva España fue una entidad territorial integrante del Imperio español, establecida en gran parte en América del Norte por la monarquía hispánica como territorios de ultramar, entre los siglos XVI y XIX durante la colonización española de América. En Nueva España se desarrolló una monarquía corporativa que ayudó a la creación del gobierno de Indias sin que se perdiera la autoridad del rey que estaba ausente en estos territorios.
Una de las características más distintivas del gobierno novohispano fue su dependencia a las corporaciones, la cual tuvo varios beneficios para la Corona española: permitieron controlar los territorios americanos sin tener que invertir recursos en la administración directa; ayudaron a mantener el orden y la paz en las colonias, contribuyeron al desarrollo económico de la Nueva España recaudando impuestos y reclutando soldados y fueron un instrumento eficaz para la evangelización y la asimilación de los indígenas difundiendo los valores y la cultura españoles.
Las Reformas Borbónicas y el Control Estatal sobre la Iglesia
Con el propósito de promover la educación, la ciencia, la razón, una moralidad aún más estricta, así como el aumento de los ingresos reales a través de una política que viniera de España. Las reformas borbónicas del siglo XVIII, específicamente las introducidas por Carlos III a partir de 1760, tuvieron como objetivo, reforzar la autoridad de la Corona para tener mayor control sobre los recursos y con ello incrementar los ingresos reales y buscar redefinir las estructuras del pasado, como las relaciones que la Corona tenía con las corporaciones, pero sin desaparecer la monarquía corporativa de los Habsburgo. Al supervisar a la iglesia, las reformas produjeron la fundación de miembros adinerados, la destrucción de miembros desordenados y la suspensión de los desorganizados.
El virrey encargó al arzobispo de México que cumpliera con la real cédula de 1782 «con la justa mira de que el real erario no esté privado por más tiempo de los legítimos derechos que le pertenecen». Al año siguiente, el virrey, apoyado por dictámenes del fiscal y de la Junta de Real Hacienda de México, propusieron al rey que extendiera la alcabala a «los frutos y efectos pertenecientes a cofradías de indios». Motivada por la crisis financiera de la monarquía, se impuso en 1804 bajo la autoridad real la enajenación de bienes que eran públicos.
Por la misma razón, se cree que el proceso de reforma proporcionó un orden que garantizaba tanto los derechos del Rey como la supervisión de la Iglesia, para rechazar el dominio eclesiástico sobre la vida del pueblo.
Las ideas de la Ilustración también fueron profundamente influyentes, advirtiendo sobre el gasto excesivo en festividades patronales mientras el Estado se proponía construir la economía. Afiliadas con los arzobispos, las agrupaciones religiosas fueron obligadas por obispos y jueces eclesiásticos a reducir sus costos de culto.
La Independencia y el Debate sobre el Poder de la Iglesia en México
Hacia 1821, la formación del México independiente trajo consigo un ambiente de inestabilidad económica, política y social, pero también una conflictiva dualidad entre los partidarios por colocar un gobierno federalista-liberal y uno centralista-conservador.
Mientras el caos imperaba, las costumbres del periodo virreinal se mantenían en gran parte del territorio nacional, como la supervisión a las corporaciones de seglares por parte de un funcionario civil. Durante los primeros años del México independiente, el Estado cuestionó el poder temporal de la Iglesia y su patrimonio, situación que se debatía entre liberales y conservadores.
Ejemplo de ello fue la política introducida en 1833 por el vicepresidente Valentín Gómez Farías (1833-1834) quien suprimió la obligación de los seglares a financiar los diezmos, y que finalmente fue abolida por Antonio López de Santa Anna en 1834 ante el descontento de la Iglesia y la feligresía.
La disyuntiva del nuevo Estado mexicano sobre si quitarle o no poder a la Iglesia, tuvo resistencia precisamente porque la población y el mismo Gobierno proclamaron el catolicismo como la única religión del país, por lo que, ante el intento de algunos liberales por separar los asuntos espirituales de las funciones del Gobierno, el clero salía en su defensa, pues todavía en esas fechas tenía una participación relevante en la política junto con los seglares.
Las Reformas Liberales y la Secularización en el Siglo XIX
A comienzos de la segunda mitad del siglo XIX, el triunfo del bando liberal durante la Guerra de Reforma y el establecimiento de la Constitución de 1857 marcaron importantes cambios en las relaciones entre la Iglesia y el Estado, pero también en la participación y significado de los seglares, porque no solo las reformas como la Ley Lerdo lograron la desamortización de las propiedades de corporaciones eclesiásticas, sino que además, en 1861, se aplicaron las Leyes de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos y Libertad de Cultos, cuyos artículos prohibieron la permanencia de las órdenes religiosas por considerarlas un impedimento a la libertad del ser humano y ordenaron la desaparición de las congregaciones de fieles como archicofradías y cofradías.
En dichas leyes se señaló lo siguiente:
Art. 5. Se suprimen en toda la República las órdenes de los religiosos regulares que existen, cualquiera que sea la denominación o advocación con que se hayan erigido, así como también todas las archicofradías, cofradías, congregaciones, a las catedrales, parroquias o cualesquiera otras iglesias.
Art. 6. Queda prohibida la fundación o erección de nuevos conventos de reglares; de archicofradías, cofradías, congregaciones o hermandades religiosas, sea cual fuera la forma o denominación que quiera dárseles. Igualmente queda prohibido el uso de los hábitos o trajes de las órdenes suprimidas […].
A partir del marco jurídico creado por la Constitución liberal de 1857 se puede hablar de la existencia de un “laicismo” en México, que consistió en la independencia del Estado de toda influencia eclesiástica o religiosa y, por otro lado, la “laicización”, proceso que sirvió para llegar a un Estado laico, aunque no antirreligioso, sino arreligioso que debió garantizar todas las religiones y respetar la autonomía moral de la ciudadanía.
El 25 de junio de 1856 se decreta la Ley de Desamortización de Bienes Civiles y Eclesiásticos, lo que provocó una transición de los bienes que podría entenderse como un cambio de propiedad del antiguo régimen a la propiedad liberal. Los bienes de propiedad corporativa como el rey, la nobleza y los ayuntamientos, tuvieron que redefinirse para nacionalizarse.
El artículo 27 de la Constitución de 1857, además de legalizar la propiedad y dar cabida a la expropiación por utilidad pública, establecía lo siguiente: «Ninguna corporación civil o eclesiástica, cualquiera que sea su carácter, denominación u objeto, tendrá capacidad legal para adquirir en propiedad o administrar en sí».
El Impacto de la Desamortización en Oaxaca
En Oaxaca se aprobó la Ley de Desamortización de Bienes de Manos Muertas (1856) y, posteriormente, en 1859, se procedió con la exclaustración de las órdenes religiosas, expropiación de conventos y, asimismo, se hizo público el decreto de nacionalización de corporaciones y congregaciones religiosas.
La desamortización de bienes en Oaxaca tuvo un impacto significativo en diferentes aspectos de la sociedad y la economía de la región. La desamortización se refiere al proceso mediante el cual se expropian y venden bienes comunales y religiosos, como tierras y propiedades, que estaban en manos de la Iglesia y las comunidades indígenas.
Cambios en la tenencia de la tierra: Uno de los principales efectos de la desamortización fue la redistribución de la propiedad de la tierra. Las tierras comunales indígenas y las propiedades eclesiásticas fueron vendidas y pasaron a manos de particulares o del Estado. Esto condujo a la concentración de la tierra en manos de una élite, generando desigualdades en el acceso y control de los recursos naturales.
Las comunidades indígenas de Oaxaca fueron especialmente afectadas por la desamortización. La expropiación de tierras comunales y el fin de su régimen de propiedad colectiva alteró la organización social y económica de estas comunidades. Muchas comunidades perdieron su base económica y su autonomía, lo que llevó a la migración, la pérdida de identidad cultural y la marginalización.
La venta de propiedades eclesiásticas y comunales proporcionó recursos económicos al Estado, que se utilizaron en proyectos de desarrollo urbano. Esto incluyó la construcción de infraestructuras, como carreteras, puentes y edificios públicos, así como la expansión de las ciudades. Estos cambios contribuyeron a la transformación de los paisajes urbanos y a la consolidación del poder político y económico en los centros urbanos.
La desamortización tuvo un impacto significativo en la Iglesia católica en Oaxaca. La expropiación de propiedades eclesiásticas redujo su influencia y recursos económicos. Además, la separación de la Iglesia y el Estado implicó un cambio en el papel de la Iglesia en la sociedad y la educación. La secularización de la vida pública y la educación generaron tensiones y reconfiguraron el papel de la Iglesia en la sociedad oaxaqueña.
Si bien la desamortización proporcionó ingresos al Estado, también tuvo consecuencias económicas negativas para la región. Muchas de las tierras vendidas fueron adquiridas por terratenientes o empresas extranjeras que buscaban explotar los recursos naturales. Esto condujo a la concentración de la riqueza en manos de unos pocos y a la explotación de los trabajadores, lo que exacerbó las desigualdades socioeconómicas.
El Legado de la Libertad Religiosa y las Transformaciones en México Hacia una Sociedad Inclusiva
La historia de la relación entre la Iglesia y el Estado refleja procesos nacionales de desamortización, secularización, lucha por los derechos religiosos y el cambio de un estado colonial a uno secular en Oaxaca. La desamortización de bienes en el siglo XIX impactó profundamente la vida social y económica y la estructura económica de la existencia de los pueblos indígenas oaxaqueños, rompiendo su organización tradicional y redes sociales de propiedad colectiva de la tierra, y profundizando las desigualdades socioeconómicas al concentrar la propiedad en pocas manos, una condición que aún persiste hoy en día.
Este legado de exclusión y marginación presenta un problema significativo para construir un orden social más justo e inclusivo en Oaxaca. Pero las protecciones de libertad religiosa y cultural ahora forman parte de un marco de derechos humanos que reconoce la riqueza de diversidad cultural y espiritual de la región. La Suprema Corte y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos son dos de los organismos que han intervenido para proteger este derecho, reforzando el principio de que las visiones indígenas y las minorías religiosas tienen derecho a un alto nivel de respeto.
La persistencia de disparidades materiales y sociales, en particular en las regiones rurales y comunidades indígenas, requiere que las políticas públicas sigan enfatizando la redistribución justa y la inclusión social. La gestión federal actual durante la Cuarta Transformación, cuyas medidas para asistir a las y los que menos tienen, es un claro paso en la restauración de derechos y asegurando la igualdad ante la ley, promoviendo también el laicismo, a través del establecimiento de un estado plural que valore todas nuestras creencias y les niegue derechos especiales.
Esta trayectoria reconfirma el legado de la reforma liberal y la Ley de Libertad Religiosa cuyo espíritu debe guiar la construcción de un Oaxaca, y México donde tanto la libertad religiosa como la justicia social sean los pilares principales para el desarrollo humano y comunitario.
*Licenciada en Desarrollo Educativo/Maestra en Historia de México/Especialidad en Políticas Públicas,
X: @Hemilse
