Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 20 de febrero de 2020.- La diputada Magaly López planteó ayer una iniciativa que reforma el Código Penal y la Constitución local, con el fin de garantizar el resguardo de la identidad y la imagen de las víctimas de delitos y penalizarlo.
Lo anterior, luego de que fueron filtradas fotografías que mostraron el cuerpo de la víctima de feminicidio Ingrid Escamilla y que causo indignación en todo el país.
La propuesta señala que se trata de una práctica cotidiana en las instancias gubernamentales en materia de seguridad pública, con la procuración de justicia e incluso de las policías municipales, que consiste en difundir información a través de los medios de comunicación acerca de los sucesos delictivos de los que tienen conocimiento, material difundido posteriormente en la “nota roja” en los medios de comunicación.
La también presidenta de la Comisión Permanente de Derechos Humanos enla 64 Legislatura, dijo que este tipo de información viola las garantías procesales de las personas acusadas, transgrede los derechos de las víctimas de los delitos y exhibe imágenes humanamente degradantes.
Y es que a pesar de que ya existen disposiciones como la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca y la Convención sobre los Derechos del Niño, que señalan las accionas que vulneran a las víctimas, resulta necesario contar un marco legal que dé certeza de las garantías de los derechos de las personas víctimas de algún delito.
La legisladora por el distrito de Xoxocotlán, puntualizó que actualmente, en la disposición constitucional del estado, las víctimas del delito solamente tienen derecho al resguardo de su identidad y datos personales cuando son menores de edad o sufrieron específicamente los delitos de secuestro o violación.
Las y los familiares de las víctimas de homicidio, por ejemplo, como víctimas indirectas no tienen el derecho de que se guarde no sólo la identidad, sino incluso la imagen de la víctima directa, que por lo regular es exhibida en medios de comunicación pública, lo que deviene en un gravísimo daño moral al conjunto de personas relacionadas.
La reforma a la fracción V de la Sección C del artículo octavo constitucional, añade la imagen como bien a resguardar, junto con la identidad, y elimina la estipulación de los delitos en los que se tiene derecho al resguardo de la identidad, lo que permitirá su aplicación generalizada, para todas las víctimas de todos los delitos.
También propone adicionar un segundo párrafo al artículo 165 del Código Penal para el Estado de Oaxaca, con el fin de estipular sanciones de seis meses a tres años de prisión y multa de diez a treinta días multa, para quienes difundan dicha información, y definir que solamente puede hacerse bajo mandato judicial, o con la autorización de las víctimas.