Raymundo Morales/Zona Roja.
Oaxaca, Oaxaca., a 23 de abril de 2026.- Por un caso de negligencia que derivó en la muerte de un alumno, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) emitió una recomendación contra el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, que preside Emilio Montero Pérez.
De acuerdo con el organismo, el 1 de junio de 2023, en la Casa del Niño Indígena, ubicada en el municipio de San Miguel Huautla, Nochixtlán, una persona menor de edad desapareció y fue encontrada sin vida en una cisterna.
El 6 de junio de 2023, personal de esta Defensoría recibió la queja de los padres del menor de edad fallecido, en la que narraron que, al buscar a su hijo en la citada casa, servidores públicos les informaron que no lo habían visto; sin embargo, horas más tarde, personal de dicho establecimiento les comunicó que habían encontrado a su hijo ahogado en una cisterna.
Con base en la investigación realizada por la DDHPO, se acreditó que durante los hechos acontecidos no existía personal suficiente para atender a las niñas, niños y adolescentes alojados en ese recinto, quedando la población beneficiaria bajo responsabilidad de una sola persona, lo que impidió detectar de manera oportuna la ausencia de la víctima.
También se evidenció que la Casa del Niño Indígena, operaba bajo un esquema informal respecto del ingreso y egreso de la población alojada, toda vez que, las salidas y entradas de los beneficiarios, no quedaban asentadas en un pase de lista o libro de control que permitiera conocer con certeza y en tiempo real, la presencia de la totalidad de niñas, niños y adolescentes que se encontraban en esas instalaciones.
Acreditó que el personal de la Casa del Niño Indígena de San Miguel Huautla, no solo omitió reportar las deficiencias estructurales, como la falta de un sistema de bombeo de agua, sino que se instruyó a personas menores de edad a realizar tareas peligrosas de acarreo del líquido en cisternas que carecían de medidas de seguridad.
También se detectó que derivado de la falta de supervisión de esas tareas y una vez que se perdió de vista al alumno agraviado, transcurrió un periodo prolongado de tiempo en el que no solo no se advirtió la ausencia de la víctima, sino que tampoco se activó la respuesta institucional para llevar a cabo su búsqueda de manera inmediata.
Con base en lo anterior, el organismo de derechos humanos emitió la Recomendación 09/2026, dirigida el lEEPO, en la que requirió que en coordinación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas del Estado de Oaxaca, se proceda a la reparación integral del daño causado.
Misma que incluya una compensación justa, además de realizar la inscripción de las víctimas en el Registro Estatal; asimismo, se solicitó se brinde atención psicológica y tanatológica especializada a los familiares directos de la víctima de forma continua hasta que alcancen su sanación psíquica y emocional.
De igual manera, se inicie el procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de los servidores públicos que resulten responsables por la omisión del deber de cuidado que propició el deceso del niño.
De la misma forma, este Organismo Autónomo solicitó al lEEPO efectuar un acto de disculpa pública de reconocimiento de responsabilidad a las víctimas indirectas, reconociendo las violaciones a los derechos humanos que quedaron acreditadas en la presente Recomendación.
