Evlin Aragón/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 16 de marzo de 2020.- La diputada local por Morena, Magaly López Domínguez, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el cual se modifica el artículo 501 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con la finalidad de ampliar el ejercicio de la tutela como reconocimiento a los concubinos por principio de derechos humanos.
Actualmente el artículo refiere “El marido es el tutor legítimo y forzoso de su mujer y ésta lo es de marido” lo cual contraviene los principio de igualdad y dignidad que se deben el hombre y la mujeres, con independencia de la forma en que establezcan su relación de conveniencia.
Por lo anterior se ha planteado la modificación quedando de la siguiente manera: “En la pareja, un cónyuge o concubino es tutor legítimo y forzoso del otro, en caso de incapacidad de éste y mientras no se disuelva el matrimonio o decida terminar el concubinato”.
Ello debido a que el artículo 403 del mismo código ya reconoce la figura del concubinato, como una forma legal de convivencia entre la pareja que los une un vínculo axiológico, de continuidad, compromiso, de responsabilidad y de ayuda mutua continua.
“Debe modificarse el texto del precepto para adecuarlo en respeto y observancia a las leyes vigentes nacionales e internacionales, a los concubinos, por tratarse de una modalidad de vínculo entre personas con viven y conviven en analogía con la figura e institución del matrimonio”, refiere en la justificación de motivos.
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De igual forma López Domínguez propuso modificar el artículo 384 y 659 con el fin de precisar la terminología y significación al lenguaje jurídico y técnica jurídica, ya que uno de los conceptos no corresponde a lo que establece la normatividad estatal en la materia.
Y es que en su actual estado el artículo 384 refiere que el reconocimiento de un hijo nacido fuera del matrimonio debe hacerse ante un Juez del Registro Civil, sin embargo, el término de “juez” está mal empleado de acuerdo con la terminología y lenguaje jurídico. Misma situación que sucede en el artículo 569.
Por lo anterior propone que se sustituya “Juez” por “Oficial” toda vez que esta figura si está reconocida incluso en la normatividad que rige al Registro Civil del Estado de Oaxaca
“En el contexto del respeto a las reglas lingüísticas y técnicas como de sistemática jurídica, deben modificarse los textos de los artículos 384 y 659 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, modificando las oraciones que obran insertadas actualmente”.
Ambas propuestas fueron turnadas a comisiones de la 64 Legislatura del Congreso del Estado para su discusión y aprobación.