{"id":26101,"date":"2021-04-17T08:16:56","date_gmt":"2021-04-17T13:16:56","guid":{"rendered":"http:\/\/www.zonaroja.com.mx\/?p=26101"},"modified":"2021-04-17T08:29:36","modified_gmt":"2021-04-17T13:29:36","slug":"tras-semaforo-verde-reabren-al-80-negocios-en-oaxaca-capital","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/?p=26101","title":{"rendered":"Tras sem\u00e1foro verde, reabren al 80% negocios en Oaxaca capital"},"content":{"rendered":"\n<p>Redacci\u00f3n\/Zona Roja.<\/p>\n\n\n\n<p>Oaxaca de Ju\u00e1rez, Oax., 17 de abril de 2021.- Tras iniciar Oaxaca el pasado lunes dos semanas en sem\u00e1foro verde,  el Cabildo del municipio capitalino aprob\u00f3 ayer nuevas disposiciones para salvaguardar la salud comunitaria, entre ellas abrir al 80 por ciento los establecimientos comerciales.<\/p>\n\n\n\n<p>En sesi\u00f3n extraordinaria, los regidores aprobaron modificaciones al Esquema de reapertura de la actividad econ\u00f3mica por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico en el municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez, entre otras normativas municipales.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con un comunicado de prensa, este esquema establece que, en sem\u00e1foro verde, los establecimientos con giros de venta de alimentos preparados y bebidas no alcoh\u00f3licas, pueden funcionar con un aforo m\u00e1ximo del 80 por ciento.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, las escuelas del sector privado de todos los niveles podr\u00e1n operar bajo las disposiciones que emitan las autoridades competentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, los establecimientos que prestan servicios de higiene personal como: est\u00e9ticas, peluquer\u00edas y barber\u00edas, spa y centros de masaje, as\u00ed como cl\u00ednicas de belleza, funcionar\u00e1n con apego a los Lineamientos t\u00e9cnicos espec\u00edficos para la reapertura de la actividad comercial en el Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez.<\/p>\n\n\n\n<p>Los comercios al por menor con actividades no esenciales como venta de: art\u00edculos deportivos, para el hogar, l\u00ednea blanca, muebles y electrodom\u00e9sticos, de papeler\u00eda, perfumer\u00eda, novedades y regalos, servicios de alquiler para eventos sociales, venta de telas y art\u00edculos de boneter\u00eda, entre otros, podr\u00e1n funcionar con un aforo m\u00e1ximo del 80 por ciento.<\/p>\n\n\n\n<p>Comercios con actividades de recreaci\u00f3n y esparcimiento sin venta de bebidas alcoh\u00f3licas como: gimnasios y clubes deportivos del sector privado, gotcha, boliches, albercas, ba\u00f1os p\u00fablicos, billares, videojuegos, escuelas de disciplinas deportivas y academias de baile, podr\u00e1n funcionar a un m\u00e1ximo del 80 por ciento de su capacidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Los cines, balnearios, centros de diversiones, juegos infantiles del sector privado y celebraci\u00f3n de eventos sociales tienen permitido operar tambi\u00e9n a un 80 por ciento de su capacidad. Mientras que los teatros funcionar\u00e1n de acuerdo al Esquema de apertura para la realizaci\u00f3n de espect\u00e1culos y diversiones por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico en el Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez.<\/p>\n\n\n\n<p>El esquema contempla que los establecimientos de control especial con venta de bebidas alcoh\u00f3licas en botella cerrada tales como: expendios de mezcal; producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de cerveza artesanal, dep\u00f3sitos de cerveza, vinos y licores y tiendas de abarrotes, tendr\u00e1n un aforo permitido de 80 por ciento; la venta de bebidas alcoh\u00f3licas estar\u00e1 permitida en los horarios autorizados en la licencia respectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, las tiendas de autoservicio, supermercados con venta de alcohol en botella cerrada, as\u00ed como comercios englobados en este concepto, pueden prestar el servicio con un 80 por ciento de su capacidad; la venta de bebidas alcoh\u00f3licas estar\u00e1 permitido en los horarios autorizados en la licencia respectiva.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Los establecimientos de control especial con venta de bebidas alcoh\u00f3licas en botella abierta como: restaurantes con venta de bebidas alcoh\u00f3licas solo con alimentos, restaurantes-bar, caf\u00e9-bar, billares, boliches y similares con venta de bebidas alcoh\u00f3licas, deber\u00e1n tener un aforo m\u00e1ximo del 80 por ciento. La venta y consumo de bebidas alcoh\u00f3licas estar\u00e1 permitida en los horarios autorizados en la licencia respectiva sin contemplar horas extraordinarias.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto que bares y antros, as\u00ed como aquellos con licencias de cantinas, cervecer\u00edas, mezcaler\u00edas, centros botaneros, discotecas, centros nocturnos y salones de eventos sociales del sector privado podr\u00e1n funcionar con un aforo m\u00e1ximo del 80 por ciento, de igual manera la venta y consumo de bebidas alcoh\u00f3licas estar\u00e1 permitida en los horarios autorizados en la licencia respectiva sin contemplar horas extraordinarias.<\/p>\n\n\n\n<p>Centros comerciales y tiendas departamentales deber\u00e1n funcionar con un aforo m\u00e1ximo de 80 por ciento, adem\u00e1s deber\u00e1n establecer filtros sanitarios para el acceso, as\u00ed como medidas que eviten aglomeraciones en \u00e1reas comunes.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a los servicios de hospedaje sin licencia para venta de bebidas alcoh\u00f3licas tienen autorizado operar a un 80 por ciento de su capacidad. Aquellos que cuentan con licencia para la venta de bebidas alcoh\u00f3licas deber\u00e1n respetar tambi\u00e9n el 80 por ciento de aforo m\u00e1ximo, mientras que la venta y consumo de bebidas alcoh\u00f3licas estar\u00e1 permitida en los horarios autorizados en la licencia respectiva sin contemplar horas extraordinarias.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa aprobada tambi\u00e9n contempla la modificaci\u00f3n del Esquema de instalaci\u00f3n de comercio en espacios y v\u00eda p\u00fablica, tianguis y verbenas por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico del Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez, as\u00ed como las Medidas sanitarias en comercio en v\u00eda p\u00fablica, tianguis y verbenas por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico del Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez.<\/p>\n\n\n\n<p>Referente a ello, se establece que los mercados p\u00fablicos podr\u00e1n funcionar con un aforo m\u00e1ximo del 80 por ciento con apego a los Lineamientos t\u00e9cnicos espec\u00edficos para la reapertura de la actividad comercial en el Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El comercio en v\u00eda p\u00fablica podr\u00e1 realizar la actividad evitando aglomeraciones de conformidad al Esquema de instalaci\u00f3n de tianguis por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico del municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez.<\/p>\n\n\n\n<p>En sem\u00e1foro verde se observar\u00e1n obligatoriamente las siguientes medidas: uso de cubrebocas y\/o caretas, contar en cada puesto con alcohol gel al 70 por ciento o agua y jab\u00f3n. Se podr\u00e1 operar en el horario establecido en el permiso.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras que los tianguis podr\u00e1n realizar la actividad evitando aglomeraciones. Se observar\u00e1n obligatoriamente las medidas como: uso de cubrebocas y\/o caretas, contar en cada puesto con alcohol gel al 70 por ciento o agua y jab\u00f3n, evitar la aglomeraci\u00f3n de personas en los puestos y se podr\u00e1 operar hasta las 18:00 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto a las verbenas o festividades, podr\u00e1n realizar la actividad las agrupaciones u organizaciones que tramiten su permiso ante el Ayuntamiento de Oaxaca de Ju\u00e1rez, con una reducci\u00f3n de los agremiados que evite aglomeraciones de acuerdo al Esquema de instalaci\u00f3n de tianguis por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico del Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez.<\/p>\n\n\n\n<p>Deber\u00e1n instalar filtros sanitarios con se\u00f1alamientos de entrada y salida, hacer uso de cubrebocas y\/o caretas, contar en cada puesto con alcohol gel al 70 por ciento o agua y jab\u00f3, evitar la aglomeraci\u00f3n de personas en los puestos, colocando se\u00f1alamientos de sana distancia y se podr\u00e1 operar hasta las 18:00 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>Con esta iniciativa reci\u00e9n aprobada tambi\u00e9n se expidi\u00f3 el Esquema de reapertura para la realizaci\u00f3n de espect\u00e1culos y diversiones por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico en el Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez, al igual que las Especificaciones de reapertura para la realizaci\u00f3n de espect\u00e1culos y diversiones por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico en el Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez.<\/p>\n\n\n\n<p>Este documento establece que en sem\u00e1foro verde, eventos deportivos, eventos culturales, espect\u00e1culos (conciertos, bailes masivos y eventos similares), exposiciones, kermeses y similares tienen permitido un aforo del 50 por ciento en las actividades del espacio p\u00fablico en lugares abiertos.<\/p>\n\n\n\n<p>En estos casos los promoventes deber\u00e1n respetar los lineamientos autorizados por el Ayuntamiento relativos a la seguridad y cuidados sanitarios para los asistentes. Se podr\u00e1 realizar el espect\u00e1culo y\/o diversi\u00f3n con las medidas de sana distancia de 1.5 metros entre personas, uso obligatorio de cubrebocas, lavado constante de manos con agua y jab\u00f3n, uso de gel antibacterial con base de alcohol al 70 por ciento, desinfecci\u00f3n frecuente de espacios comunes antes, durante y despu\u00e9s de cada evento.<\/p>\n\n\n\n<p>Para evitar los riesgos de contacto y contagio del virus SARS-CoV-2 se proh\u00edben las aglomeraciones, as\u00ed como exceder el l\u00edmite de personas permitidas dentro y en el per\u00edmetro del espect\u00e1culo y\/o diversi\u00f3n. La Comisi\u00f3n de Gobierno y Espect\u00e1culos del Ayuntamiento tiene la atribuci\u00f3n de dictaminar la procedencia e improcedencia del espect\u00e1culo y\/o diversi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Para calendas, convites, desfiles, cabalgatas, carreras ciclistas, carreras atl\u00e9ticas, exhibiciones de veh\u00edculos y similares est\u00e1n suspendidas a\u00fan en sem\u00e1foro verde, pues no se podr\u00e1 realizar ninguna actividad que implique un recorrido dentro de Oaxaca de Ju\u00e1rez.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, con la iniciativa se reform\u00f3 la fracci\u00f3n VIII del art\u00edculo 6 de los Lineamientos t\u00e9cnicos espec\u00edficos para la reapertura de la actividad comercial en el Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez, para quedar de la siguiente forma:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cArt\u00edculo 6: Los siguientes puntos son de observancia obligatoria para la reapertura de actividades comerciales\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>I a VII\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>VIII. Evitar la aglomeraci\u00f3n al interior del establecimiento ajustando su aforo a lo dispuesto por el Esquema de reapertura de actividades econ\u00f3micas por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico en el Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, se modific\u00f3 el inciso a) del numeral 3, fracci\u00f3n I, de los Lineamientos para efectuar eventos sociales p\u00fablicos y privados en el territorio del Municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez, para quedar de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201c3.- Lineamientos generales.<\/p>\n\n\n\n<p>a) El aforo.<\/p>\n\n\n\n<p>I.- Para el caso de los establecimientos comerciales cuyo giro este directamente vinculado a la realizaci\u00f3n de eventos sociales p\u00fablicos y privados, como son: Servicio de alquiler para eventos sociales y salones de eventos sociales del sector privado, su funcionamiento se regir\u00e1 conforme a lo establecido por el esquema de reapertura de actividades econ\u00f3micas por nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico en el municipio de Oaxaca de Ju\u00e1rez.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Sede del evento\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, se instruy\u00f3 a la Secretar\u00eda del Ayuntamiento para que por su conducto se haga de conocimiento del presente acuerdo a los Agentes Municipales y de Polic\u00eda, a efecto de que coadyuven a su observancia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n\/Zona Roja. 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