{"id":56402,"date":"2023-06-13T15:14:00","date_gmt":"2023-06-13T20:14:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.zonaroja.com.mx\/?p=56402"},"modified":"2023-06-13T09:16:15","modified_gmt":"2023-06-13T14:16:15","slug":"supercarretera-barranca-larga-ventanilla-mas-de-7200-mdp-en-opacidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/?p=56402","title":{"rendered":"Supercarretera Barranca Larga-Ventanilla: m\u00e1s de 7,200 mdp en opacidad\u00a0"},"content":{"rendered":"\n<p>Redacci\u00f3n\/Estado 20.<\/p>\n\n\n\n<p>Oaxaca de Ju\u00e1rez, Oax., a 13 de junio de 2023.- La supercarretera Barranca Larga-Ventanilla, ubicada en la regi\u00f3n poniente de Oaxaca, se construy\u00f3 desde 2010, pero en 2011 y en 2012 \u2013el pen\u00faltimo a\u00f1o del sexenio calderonista y el primero de Enrique Pe\u00f1a Nieto\u2013 su construcci\u00f3n fue suspendida.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto fue retomado en 2019 por la administraci\u00f3n de Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador (AMLO), quien se prev\u00e9 la inaugure en julio pr\u00f3ximo; pero lo har\u00e1 en el marco sombr\u00edo de sus 13 a\u00f1os de construcci\u00f3n y de la revisi\u00f3n contable de solo el 11.8 por ciento de los ocho mil 234 millones de pesos (mdp) invertidos, lo que implica que \u00fanicamente 12 de cada 100 pesos gastados en ella se han transparentado y que hay siete mil 200 mdp en la opacidad.<\/p>\n\n\n\n<p>La Auditor\u00eda Superior de la Federaci\u00f3n (ASF) de la C\u00e1mara de Diputados, someti\u00f3 a revisi\u00f3n sus gastos de 2011, 2014 y 2021 por un monto conjunto de 805 millones 265 mil pesos, que representaron 80.7 por ciento de los 998.3 mdp gastados en ese periodo y sobre los que hizo observaciones por 88 mdp.<\/p>\n\n\n\n<p>En apariencia, la construcci\u00f3n de la supercarretera Barranca Larga-Ventanilla tiene pocas irregularidades; pero si se auditaran los restantes siete mil 256 mdp que se hallan en el limbo de la opacidad \u2013seg\u00fan observaciones al 12 por ciento auditado\u2013 las inconsistencias podr\u00edan ascender a 633 mdp.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Esto trascendi\u00f3 porque los 88 mdp cuestionados por la ASF se debieron a la pr\u00e1ctica de licitaciones irregulares y pagos inflados o innecesarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Hasta octubre de 2022, la obra de infraestructura reportaba un avance del 83.85 por ciento en sus 104.3 kil\u00f3metros de longitud, con un costo estimado de ocho mil 234 mdp.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl retraso en la apertura se ha dado por la complejidad de la construcci\u00f3n, que trajo como consecuencia que la empresa Omega, autorizada para la concesi\u00f3n, decidiera terminar con el contrato. Pas\u00f3 a manos de ICA, pero tambi\u00e9n la consider\u00f3 inviable financieramente, por lo que termin\u00f3 en manos del Fondo Nacional de Infraestructura\u201d, explic\u00f3 la Secretar\u00eda de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).<\/p>\n\n\n\n<p>LAS OBSERVACIONES<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan la revisi\u00f3n de la Cuenta P\u00fablica del Gobierno Federal en 2021, el Banco Nacional de Obras y Servicios P\u00fablicos (Banobras) efectu\u00f3 pagos en exceso por 88 millones 200 mil pesos en la construcci\u00f3n de la Carretera Barranca Larga-Ventanilla, la cual se detuvo en el pen\u00faltimo a\u00f1o de Felipe Calder\u00f3n Hinojosa y los tres primeros a\u00f1os del gobierno de Enrique Pe\u00f1a Nieto quien, en 2017, autoriz\u00f3 una inversi\u00f3n de tres mil 500 mdp, m\u00e1s 560 millones por concepto de IVA.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuatro a\u00f1os despu\u00e9s, en 2021, ya en el gobierno de AMLO, tres mil 500 mdp se sumaron a los 998 millones 301 mil pesos del presupuesto original, de los cuales solo han sido auditados 805 millones 265 mil pesos. Fue en la revisi\u00f3n de 2021 cuando la ASF detect\u00f3 pagos en exceso, entre ellos uno por 44 millones 564 mil pesos para cubrir la supuesta compra de maquinaria y equipo, aunque no existe documentaci\u00f3n que soporte esta operaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se pagaron 13 millones 236 mil pesos en dos contratos de obra p\u00fablica en los que tampoco se documentaron materiales, costos y cantidades; adem\u00e1s, se ejercieron otros ocho millones 16 mil pesos de m\u00e1s debido a que se hicieron pagos con base en el salario m\u00ednimo y no con la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA).<\/p>\n\n\n\n<p>La revisi\u00f3n detect\u00f3, asimismo, un pago en exceso por 17 millones 397 mil pesos debido a que los constructores consideraron precios unitarios m\u00e1s altos de lo que en realidad corresponden en las labores de excavaci\u00f3n y abatimiento de taludes. La ASF hizo siete observaciones y promovi\u00f3 una acci\u00f3n de responsabilidad administrativa sancionatoria.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2014, la ASF revis\u00f3 gastos por 118 millones 666.2 mil pesos \u201386.9 por ciento de 136 millones 528.4 mil pesos\u2013 de una erogaci\u00f3n susceptible para evaluar en planos y campo, de la que elabor\u00f3 observaciones por dos millones 227 mil pesos, de los cuales dos millones 70 mil 900 pesos fueron de recuperaci\u00f3n probable.<\/p>\n\n\n\n<p>Una de las observaciones fue por un mill\u00f3n 281 mil 657 pesos debido a la improcedencia de la autorizaci\u00f3n y la estimaci\u00f3n de finiquito extraordinario con clave EXT 04,&nbsp;Norma N.CTR.CAR.1.04.002\/03 002-B Subases y Bases 002-B Subbases y bases, del banco r\u00edo Copalita, acci\u00f3n que incluy\u00f3 acarreos por unidad de obra terminada; y EP-CTR-CAR-11.04.002 002-B.2.J Bases hidr\u00e1ulicas de 0.23 m de espesor: 002B.2J.3 compactadas al 100 por ciento, con un precio de 380 pesos por metro c\u00fabico.<\/p>\n\n\n\n<p>La autoridad destac\u00f3 que no se sigui\u00f3 el procedimiento previsto en los art\u00edculos 175\u00b0 y 176\u00b0 en relaci\u00f3n al Art\u00edculo 74\u00b0, fracci\u00f3n V, del Reglamento de la Ley de Obras P\u00fablicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con respecto al contrato de obra p\u00fablica a precios unitarios y tiempo determinado n\u00fam. 3-TCE-A-501-W-0-3: \u201cEn caso de no lograr su justificaci\u00f3n o respaldo documental, la entidad fiscalizada proceder\u00e1, en el plazo establecido, a la recuperaci\u00f3n del monto observado\u201d, advirti\u00f3 la ASF.<\/p>\n\n\n\n<p>El ente fiscalizador demand\u00f3 la documentaci\u00f3n comprobatoria de 410 mil 500 pesos debido a la improcedencia de la autorizaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n en la estimaci\u00f3n de finiquito del concepto extraordinario con clave \u201cEXT 05 003 CAPAS ESTABILIZADAS 003-B.J.2.c Base asf\u00e1ltica de 10 cm de espesor EP 074-E.09: 003-B.J.2.c.2, compactada al 95 por ciento, estabilizada con cemento asf\u00e1ltico, del banco r\u00edo Copalita; incluye regal\u00edas y acarreos, sin incluir AC-20\u201d, con un precio de 595 pesos con 63 centavos por metro c\u00fabico.<\/p>\n\n\n\n<p>Al igual que en la observaci\u00f3n anterior, en esta \u00faltima \u201cno se sigui\u00f3 el procedimiento previsto en los art\u00edculos 175\u00b0 y 176\u00b0 en concordancia con el Art\u00edculo 74\u00b0, fracci\u00f3n V, del Reglamento de la Ley de Obras P\u00fablicas y Servicios Relacionados con las Mismas, concepto al amparo del contrato de obra p\u00fablica a precios unitarios y tiempo determinado n\u00fam. 3-TCE-A-501-W-0-3\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n hubo un monto observado por 335 mil 589 pesos con 51 centavos debido a la improcedencia de la autorizaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n en la estimaci\u00f3n de finiquito del concepto extraordinario con clave EXT 06, \u201cNorma N.CTR.CAR.1.04.006\/06 006-B Carpetas Asf\u00e1lticas con Mezcla Caliente 006-B.J Carpetas Asf\u00e1lticas mediante Cemento Asf\u00e1ltico Modificado, del banco R\u00edo Copalita; incluyendo acarreos, por unidad de obra terminada, sin incluir el cemento asf\u00e1ltico modificado. EP CTR-CAR-1.04.006 006-B.J.4 de granulometr\u00eda densa: 006-B.J.4.c Compactada al 95 por ciento\u201d, con un precio de 637 pesos con 78 centavos por metro cuadrado.<\/p>\n\n\n\n<p>La auditor\u00eda emiti\u00f3 cinco observaciones, de las cuales una fue solventada por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n del informe y las cuatro restantes generaron cuatro solicitudes de aclaraci\u00f3n. En 2011, la ASF revis\u00f3 54 millones 394 mil pesos, que representaron 80.5 por ciento del total erogado (67 millones 569 mil pesos), en los 185 conceptos que comprendieron la ejecuci\u00f3n y supervisi\u00f3n de las obras. Sin embargo, en su dictamen no hubo observaciones qu\u00e9 solventar.<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00c1S IRREGULARIDADES<\/p>\n\n\n\n<p>En 2021, la Administraci\u00f3n del Sistema Portuario Nacional Salina Cruz realiz\u00f3 tambi\u00e9n pagos en exceso por 22 millones 347 mil pesos en la construcci\u00f3n de un rompeolas; sus responsables argumentaron que hubo \u201cerrores aritm\u00e9ticos\u201d en las operaciones, pero que beneficiaron a tres constructoras, revel\u00f3 la ASF.<\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas que obtuvieron estos pagos irregulares fueron Gami Ingenier\u00eda e Instalaciones S.A. de C.V., Infraestructura Mar\u00edtima y Portuaria S.A. de C.V. y Aleph Ingenieros Consultores S.A. de C.V., ya que intervinieron en el proyecto Conclusi\u00f3n del Puerto Petrolero y Comercial de Salina Cruz.<\/p>\n\n\n\n<p>La ASF revel\u00f3 que el gobierno de AMLO tom\u00f3 la decisi\u00f3n de incluir al Nuevo Puerto de Salina Cruz en un programa de desarrollo regional que incluye a la obra Conclusi\u00f3n del Rompeolas Oeste en el Puerto Petrolero de Salina Cruz, Oaxaca, que forma parte integral del puerto petrolero y comercial de Salina Cruz, primera etapa, con una longitud de 1.6 kil\u00f3metros.<\/p>\n\n\n\n<p>La instituci\u00f3n contable de la C\u00e1mara de Diputados encontr\u00f3 pagos en exceso por 19 millones 710 mil 300 pesos en el contrato de obra p\u00fablica n\u00famero API-AD-SGI-04-2020, monto que fue dispersado de la siguiente forma: 15 millones 704 mil 700 pesos por el concepto n\u00famero 3.03; tres millones 416 mil 500 pesos por el concepto n\u00famero 3.04; \u201cpor errores aritm\u00e9ticos y rendimientos bajos de la mano de obra\u201d y m\u00e1s 589 mil 100 pesos por concepto de \u201cajuste de costos pagados en exceso\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El organismo indic\u00f3 que tambi\u00e9n hubo pagos excesivos por un mill\u00f3n 156 mil 600 pesos, debido a que, en el contrato de obra p\u00fablica n\u00famero API-AD-SGI-04-2020, no se acredit\u00f3 con evidencia documental, f\u00edsica y fotogr\u00e1fica la colocaci\u00f3n del b\u00e1sico \u201cMalla Antiturbidez\u201d, relativo al concepto n\u00famero 10.02 y el \u201cSeguimiento para dar cumplimiento a los t\u00e9rminos y condicionantes del resolutivo de la manifestaci\u00f3n de impacto ambiental\u2026\u201d, considerado en el precio unitario.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, hubo otro pago en exceso por un mill\u00f3n 480 mil 200, que se integr\u00f3 con un mill\u00f3n 440 mil 700 pesos por errores aritm\u00e9ticos en el \u201cC\u00e1lculo de indirectos\u201d del contrato de obra p\u00fablica n\u00famero API-AD-SGI-04-2020 en las partidas 3.2, \u201cEstudios, investigaciones y tr\u00e1mites de permiso de explotaci\u00f3n de banco\u201d; 8.2, \u201cSeguros (Responsabilidad civil)\u201d; y 5.7, \u201cGastos de concurso\u201d; y con 39 mil 500 pesos por concepto de ajustes en los costos pagados en exceso.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n\/Estado 20. 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