{"id":92026,"date":"2026-04-07T11:13:00","date_gmt":"2026-04-07T17:13:00","guid":{"rendered":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/?p=92026"},"modified":"2026-04-07T08:14:43","modified_gmt":"2026-04-07T14:14:43","slug":"la-suprema-corte-avala-que-uif-bloquee-cuentas-sin-orden-judicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/?p=92026","title":{"rendered":"La Suprema Corte avala que UIF bloquee cuentas sin orden judicial\u00a0"},"content":{"rendered":"\n<p>Redacci\u00f3n\/Zona Roja Cdmx.<\/p>\n\n\n\n<p>(Informaci\u00f3n de \u201cLa Raz\u00f3n\u201d)<\/p>\n\n\n\n<p>Ciudad de M\u00e9xico, a 7 de abril de 2026.- Con seis votos a favor y tres en contra, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) declar\u00f3 constitucional la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretar\u00eda de Hacienda para bloquear cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial, y abandon\u00f3 el criterio que limitaba esta medida a peticiones de autoridades internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Al resolver la Acci\u00f3n de Inconstitucionalidad 58\/2022, promovida por un grupo de senadores, que impugnaban el art\u00edculo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Cr\u00e9dito, incorporado al marco normativo en marzo de ese a\u00f1o, el proyecto de la ministra Loretta Ortiz reconoce la validez de dicha disposici\u00f3n y sienta un precedente: la UIF puede ordenar el congelamiento de cuentas bancarias cuando cuente con indicios suficientes de que el titular est\u00e1 relacionado con delitos como el lavado de dinero o el financiamiento al terrorismo, sin que sea necesario acudir previamente ante un juez ni esperar una solicitud proveniente del extranjero.<\/p>\n\n\n\n<p>El fallo implica tambi\u00e9n el abandono \u2014por mayor\u00eda de siete votos\u2014 de la jurisprudencia 2a.\/J. 46\/2018 de la extinta Segunda Sala, que establec\u00eda que el bloqueo de cuentas por parte de autoridades nacionales era inconstitucional si no derivaba de compromisos internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Ese criterio, vigente por m\u00e1s de siete a\u00f1os, hab\u00eda permitido el desbloqueo de cuentas por montos que ascendieron a 32 mil millones de pesos, seg\u00fan datos de la Secretar\u00eda de Hacienda aportados por los ministros durante la discusi\u00f3n. Asimismo, con la misma mayor\u00eda, la Corte se apart\u00f3 de la jurisprudencia 2a.\/J. 101\/2024, de contenido similar.<\/p>\n\n\n\n<p>l tribunal consider\u00f3 que el art\u00edculo 116 Bis 2 subsan\u00f3 las deficiencias que en su momento motivaron aquella jurisprudencia, al introducir un procedimiento formal que garantiza el derecho de audiencia: el cuentahabiente bloqueado cuenta con cinco d\u00edas h\u00e1biles para solicitar ser escuchado, 10 d\u00edas para presentar sus argumentos y pruebas, y la UIF tiene 15 d\u00edas para emitir una resoluci\u00f3n fundada.<\/p>\n\n\n\n<p>Quienes votaron a favor sostuvieron que el bloqueo de cuentas es una medida cautelar de naturaleza administrativa y preventiva, orientada a proteger el sistema financiero, y no una sanci\u00f3n penal.<\/p>\n\n\n\n<p>Argumentaron que la UIF no determina la culpabilidad de nadie ni sustituye al Ministerio P\u00fablico, sino que act\u00faa en el marco de sus atribuciones de verificaci\u00f3n para prevenir el flujo de recursos il\u00edcitos.<\/p>\n\n\n\n<p>El ministro presidente, Hugo Aguilar, se\u00f1al\u00f3 que la velocidad con la que hoy operan las transacciones financieras hace imprescindible contar con mecanismos de respuesta inmediata, y que supeditar el bloqueo a una petici\u00f3n internacional o a un procedimiento judicial previo deja expuesto al sistema financiero nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>La ministra Lenia Batres, ponente del amparo directo 14\/2025, resuelto en la misma sesi\u00f3n, aport\u00f3 que entre diciembre de 2018 y agosto de 2025 se promovieron tres mil 659 amparos por inclusi\u00f3n en la lista de personas bloqueadas, y en el 77 por ciento de los casos las cuentas terminaron desbloqueadas sin un an\u00e1lisis de fondo sobre los indicios de la UIF, con base en el criterio que ahora se abandona.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante la discusi\u00f3n, gener\u00f3 confusi\u00f3n la argumentaci\u00f3n de la ministra Mar\u00eda Estela R\u00edos Gonz\u00e1lez, cuando se refiri\u00f3 al derecho a la propiedad y afirm\u00f3 que no todas las personas \u201cdisfrutan\u201d de este \u00faltimo porque no todas tienen cuentas bancarias.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cDefender como si fuera un derecho universal el derecho de propiedad, que es el derecho a la propiedad, s\u00ed se tiene, pero no el derecho de propiedad y no es absoluto ese derecho de la propiedad desde hace ya tiempo\u201d, dijo.<\/p>\n\n\n\n<p>Varios ministros que votaron a favor del proyecto expresaron reservas sobre las consideraciones espec\u00edficas y anunciaron votos concurrentes.<\/p>\n\n\n\n<p>\u202fLa ministra Yasm\u00edn Esquivel Mossa fue la \u00fanica que vot\u00f3 en contra de manera expresa, al argumentar que la norma sigue siendo imprecisa en cuanto a los supuestos que justifican el bloqueo, pues los par\u00e1metros para determinar los \u201cindicios suficientes\u201d no est\u00e1n definidos en una ley de car\u00e1cter administrativo sino que se delegan a disposiciones generales de la propia Hacienda. A su juicio, mientras persista esa laguna, deber\u00eda mantenerse la interpretaci\u00f3n conforme de la Segunda Sala.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cCuando el Estado puede congelar cuentas bancarias y dejar a una persona sin acceso a sus propios recursos, la ley debe establecer con precisi\u00f3n cu\u00e1ndo, c\u00f3mo y por qu\u00e9. Hoy, eso no est\u00e1 definido. Las y los mexicanos no pueden quedar sujetos a decisiones basadas en criterios ambiguos o indeterminados. Combatir el crimen es indispensable, pero nunca a costa de la certeza jur\u00eddica. Por eso, vot\u00e9 en contra\u201d, escribi\u00f3 m\u00e1s tarde en sus redes sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>El ministro Ar\u00edstides Guerrero Garc\u00eda tambi\u00e9n vot\u00f3 en contra del abandono de las jurisprudencias. El ministro Giovanni Figueroa Mej\u00eda, aunque vot\u00f3 a favor del sentido del fallo, se apart\u00f3 del estudio de fondo por considerar que el bloqueo de cuentas tiene una naturaleza esencialmente penal y no meramente administrativa, lo que a su juicio deber\u00eda conllevar las garant\u00edas propias del proceso penal.<\/p>\n\n\n\n<p>La mayor\u00eda de los ministros consideraron la necesidad de elevar el est\u00e1ndar probatorio para activar la medida. A propuesta del ministro presidente, el pleno acord\u00f3 que los \u201cindicios suficientes\u201d a que alude el art\u00edculo 116 Bis 2 deben entenderse como datos objetivos y verificables \u2014una operaci\u00f3n, un dep\u00f3sito, un patr\u00f3n de transacciones inusual\u2014, y no como una mera sospecha o rumor. Este criterio quedar\u00e1 incorporado al engrose del fallo.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, se precis\u00f3 que la UIF ejerce facultades de verificaci\u00f3n administrativa, no de investigaci\u00f3n criminal, distinci\u00f3n que busca despejar cualquier confusi\u00f3n con las atribuciones del Ministerio P\u00fablico, a quien sigue correspondi\u00e9ndole la persecuci\u00f3n de los delitos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n\/Zona Roja Cdmx. (Informaci\u00f3n de \u201cLa Raz\u00f3n\u201d) Ciudad de M\u00e9xico, a 7 de abril de&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":87311,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[109,46],"tags":[2878],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/wp-content\/uploads\/2025\/11\/Sesion-Suprema-Corte-de-Justicia-SCJN.jpeg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/92026"}],"collection":[{"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=92026"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/92026\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":92027,"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/92026\/revisions\/92027"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/87311"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=92026"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=92026"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/zonaroja.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=92026"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}