Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 21 de mayo de 2020.- Como faltas administrativas graves serán considerados los actos de violencia de género contra las mujeres, la cual aplicará para servidores públicos en Oaxaca, con la reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca.
Así lo planteó la diputada Elisa Zepeda Lagunas, quien citó varios ejemplos de estas faltas, como fue la difusión de un video difundido en medios de comunicación presuntamente por integrantes del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas a través de un grupo de Whatsapp con fotos de mujeres de mujeres pertenecientes a comunidades mixes.
De igual forma, el pasado 16 de mayo, trascendió en los medios de comunicación el hecho de que el director del DIF del municipio de Zóngolica, Yahir Xochicale Porras, pide que bañen con ácido a una mujer que había realizado críticas contra el Ayuntamiento.
“…esa chica siempre escribe en contra…” “Por eso sería bueno que les muestren” dice un primer mensaje del cual no aparece el nombre de quien lo escribió “A ella báñenla con ácido” dice otro mensaje aparentemente enviado al grupo por Yahir Xochicale en el chat denominado Gabinete Zongo 2018-2021.
También a nivel nacional, José Manuel Mireles Valverde, delegado estatal del ISSSTE en Michoacán, llamó “pirujas” a las parejas de los derechohabientes; el 10 de septiembre del 2019 se refirió a las mujeres como “nalguitas” y luego dijo que esta última palabra no fue de él, pues el “les llama de otra manera” que “a lo mejor es más fea”.
La legisladora por el Partido Morena expuso que en todos los casos mencionados anteriormente, son servidores públicos los que, de acuerdo con la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres, incurren en violencia de género.
“Los servidores públicos son personas que no solo no deben ejercer violencia contra las mujeres, sino que deben garantizar a las mujeres este derecho, tal como lo establecen los diferentes instrumentos que el Estado Mexicano ha suscrito”.
Aseveró que la presente iniciativa observa como problema y busca resolver la falta de disposiciones que sancionen a servidores públicos que cometen violencia de género en el estado de Oaxaca.
Si bien los casos mencionados en un principio constituyen apenas una muestra de la cosificación de la vida y el cuerpo de las mujeres que prevalece en el contexto nacional, Oaxaca debe dar muestras de sensibilidad ante esta problemática, añadió.
Por ello se propone reformar la nomenclatura del Capítulo I del Título Tercero y adicionar un párrafo al artículo 47 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca, de la siguiente manera:
También se considerarán como faltas administrativas graves de las y los servidores públicos los actos de violencia de género cometidos contra las mujeres, de acuerdo a lo establecido por la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.