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La frágil y deficiente investigación en el caso de María del Sol y Pamela Terán

por Agencia Zona Roja

Especial Zona Roja

Oaxaca de Juárez, Oax., a 8 de junio de 2018.- En las primeras horas del 2 de junio de 2018, la fotoperiodista María del Sol Cruz Jarquín fue asesinada junto con la candidata del PRI, Pamela Terán Pineda, y el chofer de esta última, Adelfo Guerra.

A un año de este triple homicidio, la investigación de la Fiscalía General del Estado pende de un hilo muy delgado para lograr castigar a los presuntos autores materiales y llegar hasta los autores intelectuales.

Apenas este 7 de junio, Día de la Libertad de Expresión, la periodista Soledad Jarquín, madre de María del Sol, anunció que el Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca corroboró el deficiente trabajo del Ministerio Público, que deberá reiniciar las indagatorias bajo la perspectiva de feminicidio y violencia política.

El pasado 2 de junio de 2019, a un año del crimen, la Fiscalía se anotó un leve triunfo con la vinculación a proceso y prisión preventiva contra uno de los supuestos implicados; pero en la audiencia se puso de relevancia la fragilidad de la investigación y las pruebas aportadas por la instancia a cargo de Rubén Vasconcelos Méndez.

En estricto sentido José Eduardo H. C., uno de los imputados, fue vinculado a proceso porque la Juez de Control consideró que su actuación el día de los hechos fue sospechosa y porque resultaba “ilógico” que no saliera herido; esto, además de un testigo de identidad reservada del que se ha puesto en duda hasta su existencia y el testimonio de una cajera que fue ampliado dos meses después de su primera declaración.

Además de los dos testigos, la Fiscalía de Oaxaca se sostiene en dos videos en los que los presuntos autores materiales son vistos que acompañan en las víctimas y uno en el que se ve correr a uno de los presuntos homicidas.

LAS IRREGULARIDADES

Lenin Zopiyaxtl, quien encabeza la defensa de José Eduardo H. C., afirma que entre las irregularidades que se encontraron en la investigación del Ministerio Público es que no se cumplió con el procedimiento para determinar que el testigo principal identificado como R. M. R. debía ser un testigo protegido, incluso si se le dio la categoría de “testigo con identidad reservada”.

Esto, sostiene, deja en la indefensión a los imputados porque tienen derecho a conocer quien los acusa y por tanto, no debería tener valor probatorio.

Según R. M. R. él observó cuando José Eduardo H. C. llevó a las dos mujeres abrazadas hasta el lugar de los hechos para después correr y Jehú G. L. (el primer imputado del caso y que obtuvo su libertad de inmediato por las fallas en la investigación de la Fiscalía) disparó contra las víctimas a quemarropa.

Además, señala que existe contradicción entre este testimonio y el análisis de la sábana de llamadas y los dictámenes de geolocalización de las llamadas de celular que ubican a Jehú G. L. a al menos tres kilómetros del lugar donde ocurrió el triple homicidio y en una hora distinta.

La ubicación de los teléfonos celulares es otra de las pruebas principales de la Fiscalía General; pero hasta ahora existen dos dictámenes diferentes que difieren en la ubicación del principal imputado en el asesinato de María del Sol Cruz, Pamela Terán y Adelfo Guerra. Científicamente, ninguno ha logrado imponer su verdad respecto a la ubicación real.

La más reciente prueba de la Fiscalía consiste en un testimonio ampliado de la mesera del “Bar Jardín” de Juchitán de Zaragoza donde convivían las víctimas antes de ser asesinadas. La mesera Catalina R. B. agregó a su testimonio dos meses después del primero que realizó, que escuchó una conversación extraña entre Jehú y José Eduardo, pero que de ninguna manera es incriminatoria y que no era posible que pudiera escucharla porque la música que había en el lugar.

Otra de las irregularidades de la investigación, según el abogado Lenin Zopiyaxtl, es la manera en que se ensució la escena del crimen con la interrupción de la familia de Pamela Terán para llevarse los cuerpos tanto de ella como el de Adelfo Guerra. Se alteró la escena de los hechos, sostiene, y por tanto no puede establecerse una mecánica sobre cómo ocurrió el crimen.

Asimismo, considera que la Fiscalía no ha dejado claro en qué consistió cómo fue la participación del imputado José Eduardo en el triple homicidio, más aún cuando las imágenes de uno de los videos de la Fiscalía obtenidos de un restaurante de comida china son borrosas y además no hay correspondencia en las horas.

SE CUMPLIERON FORMAS

Javier Terán, el ministerio público encargado de las investigaciones de la Fiscalía de Oaxaca, replica en que se cumplió con las formalidades en la clasificación de su testigo clave e insistió en que no se trata de un “testigo protegido” sino de un “testigo de identidad reservada” y para lo cual no hay que cumplir con cierta formalidad.

Insiste en que el análisis de las antenas de telefonía celular ubica a Jehú en el lugar del crimen; pero la defensa de este último presentó otro dictamen que lo ubica a tres kilómetros y que fue admitido en su momento por el Juez de Control.

El MP de la misma manera asegura que no afecta en nada que la escena del crimen fuera alterada y que las necropsias de ley se hayan realizado en los domicilios de dos de las víctimas; respecto a lo primero, bajo el argumento que la Agencia Estatal de Investigación y los peritos ya se encontraban en el lugar y ya habían realizado una inspección ocular y tomado las fotografías necesarias para establecer una mecánica de hechos.

Respecto a los videos, dice que uno de ellos muestra a José Eduardo abrazando a las víctimas y luego soltarlas abruptamente “como si las aventara” para después correr: “su labor fue conducir a las víctimas al lugar donde fueron privadas de la vida”, aseguró.

El abogado Lenin Zopiyaxtl, sin embargo, sostiene que se desconoce si el testigo de “identidad reservada” en realidad existe; no hay certeza sobre lo que establecen las sábanas de llamada y los dictámenes de geolocalización porque hay dos que ubican a Jehú en distintos lugares.

Y sobre el video en que se ve a su cliente José Eduardo correr, cuestiona: “¿Cuál es la conducta que realizó el imputado, por qué antes del cinco de agosto de 2018 (cuando la mesera amplía su declaración) no se señalaba en la carpeta de investigación esta conducta pese a que ya contaban con los videos?”.

La audiencia contra José Eduardo H. C. está por concluir. La Jueza de Control en un documento ya preparado admite cada una de las pruebas de la Fiscalía General del Estado y al final resuelve vincularlo a proceso y dictarle prisión preventiva bajo el argumento de que “era muy sospechoso que saliera ileso del ataque armado” en que murieron las víctimas y porque sólo le bastaban pruebas mínimas para vincularlo a proceso; lo que no implica una sentencia condenatoria.

–          José Eduardo ¿tiene algo más que señalar? – le pregunta la Juez.

–          No hay nada más que manifestar, más que soy inocente de todo lo que se me acusa – responde tras consultar brevemente a sus abogados.

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