Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 12 de diciembre 2020. La diputada Magaly López Domínguez propuso al Congreso de Oaxaca reformar el Código Penal del Estado, a fin visibilizar los crímenes cometidos en contra de personas de la comunidad LGBTTIQ y éstos se investiguen de forma exhaustiva y libre de prejuicios.
La legisladora por el Partido Morena propone adicionar al Código Penal el Artículo 292 Bis, que a la letra señalaría que: se cometería el delito de homicidio por razones de identidad de género u orientación sexual, quien prive de la vida a otra persona y se cumpla por los menos uno de los siguientes supuestos:
Cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo y se le hayan infligido heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras o mutilaciones o signos de asfixia, previos o posteriores a la privación de la vida.
Además se consideraría homicidio por razones de identidad de género u orientación sexual, cuando existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima, aun cuando no haya denuncia, querella o cualquier otro tipo de registro y existan elementos de odio, homofobia, rechazo o discriminación hacia la orientación sexual o identidad de género de la víctima.
Otro de los preceptos por los que se consideraría este tipo de delito, es cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público, y se trate de una persona integrante de la comunidad LGBTTTIQ, activista o que forme parte de algún colectivo, colectiva o cualquier organización de defensa de los derechos de identidad de género u orientación sexual o la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento.
En la propuesta de reforma al Artículo 292 Bis, la diputada Magaly López señala que se considera a la identidad de género, cómo la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la experimenta, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo.
Así como otras expresiones de género, como: la vestimenta, el modo de hablar y los modales, y podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida.
La propuesta de reforma fue turnada a la Comisión Permanente para su análisis y dictamen.