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Tribunal acredita actos anticipados de campaña de Jesús Romero y lo sanciona

por Agencia Zona Roja

Yuridiana Sosa/Zona Roja.

Oaxaca de Juárez, Oax., 19 de febrero de 2021.- El Tribula Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) resolvió que Jesús Romero López, aspirante a la candidatura de la presidencia de Oaxaca de Juárez por Morena, cometió actos anticipados de campaña.

En sesión pública presencial, a puerta cerrada, los magistrados resolvieron el expediente PES/10/2021 sobre la presunta comisión de actos anticipados de campaña en contra del ex priista, ex perredista y ex de Partido del Trabajo.

El TEEO determinó se aplique una multa económica por 50 UMA, con un valor de cuatro mil 481 pesos, por la acción cometida por el denunciado, registrado como precandidato a primer concejal de Oaxaca de Juárez, por el partido Morena.

Romero López, indicó el organismo, se benefició de la difusión de espectaculares y carteleras, viniles o adhesivos en el transporte público, así como de la difusión de mensajes en redes sociales.

Alguno de los videos y publicaciones denunciados como actos anticipados ya se encontraban difundidas desde el 15 de enero de 2021 permanecieron publicados hasta el 25 de enero en la página de Facebook de Jesús Romero.

Determinó que las publicaciones en la red social Facebook y los espectaculares denunciados se difundieron durante el denominado periodo de precampaña, antes del inicio formal del periodo de campañas, que para el caso de candidatos a concejales es el 4 de abril al 2 de junio.

“Dentro de los elementos técnicos verificados se demuestra que estos tienen un llamado expreso e inequívoco al voto en favor de la candidatura del denunciado”, indicó el documento.

Pues, la intención y finalidad de las publicaciones, así como los mensajes emitidos fueron para inducir a los ciudadanos a votar y apoyar a Jesús Romero así como a Morena en las elecciones.

El pasado 12 de febrero, el denunciado se manifestó en las oficinas del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) ante la medida cautelar que emitió en contra y en la que le ofreció un plazo de 24 horas para que retirara los anuncios espectaculares que promocionan su imagen.

OTROS ACTOS

Por otra parte, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano con número JDC/108/2020, este Tribunal declaró la existencia de violencia política contra el regidor de Panteones del municipio de San Pablo Huixtepec, por parte del presidente municipal de esa localidad.

En la sentencia se advirtió que la autoridad responsable no convocó al actor a diversas sesiones de Cabildo, desde el año 2019, con el objeto de perjudicarlo en el ejercicio del cargo, a manera de represalia.

En tanto, el órgano jurisdiccional determinó que no se actualizan los cinco elementos que establece el protocolo para la atención de violencia política en razón de género dentro del Procedimiento Especial Sancionador número PES/02/2021, interpuesto por la diputada federal del Partido Acción Nacional, Dulce Alejandra García Morlán.

En esta resolución se señala que, de las pruebas presentadas por el Comité Directivo Estatal del PAN, se acredita que, contrario a lo expuesto por la denunciante, sí ha sido convocada a diversas reuniones internas mediante correo electrónico; así como, que la legisladora no ha solicitado que sus publicaciones de redes sociales sean replicadas en las cuentas institucionales de este comité.

Respecto al expediente PES/15/2021, el TEEO declaró inexistentes los actos denunciados por una ciudadana contra la Presidenta Honoraria del DIF Municipal de Ocotlán de Morelos y del Diputado local Horacio Sosa Villavicencio.

En autos se advirtió que no se acreditó la entrega de apoyos a ciudadanos de esa localidad, adquiridos con recursos públicos.

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