Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 6 de enero de 2022.- El Comité contra la Desaparición Forzada notificó al Estado mexicano cinco Acciones Urgentes, por la desaparición de igual número de personas en San Esteban Atatlahuaca, Oaxaca.
Se trata de Miguel Bautista Avendaño, bajo el expediente AU-1456/2021; de Donato Bautista, con el número AU-1457/2021; Marco Quiroz Riaño, AU-1458/2021; Mayolo Quiroz Barrios, AU-1459/2021, e Irma Galindo Barrios, 1460/2021.
El organismo internacional de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) solicitó al Estado mexicano la búsqueda inmediata de dichas personas, así como inicie la investigación de su alegada desaparición forzada, informó Maurilio Santiago Reyes, presidente del Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas.
Además, establecer de inmediato una estrategia integral que incluya un plan de acción y un cronograma para la búsqueda exhaustiva de las personas desaparecidas y para la investigación exhaustiva e imparcial de su alegada desaparición, tomando en cuenta el contexto en el cual ocurrieron las desapariciones.
Asegurar que dicha estrategia esté evaluada periódicamente y cumpla con los requisitos de la debida diligencia para todas las etapas del proceso de búsqueda (incluyendo oficiosidad, inmediatez y exhaustividad de la investigación), así como también asegurando la competencia e independencia de las profesiones intervinientes a la luz del principio 6,7 y 8 de los principios rectores para la búsqueda de personas desaparecidas.
En lo relacionado con la investigación de la desaparición de Irma Galindo Barrios, asegurar que la estrategia tenga un enfoque diferencial y que todas las etapas de la búsqueda se realicen con perspectiva de género y con el personal adecuadamente capacitado, que incluya personal femenino, de conformidad con el principio cuatro de los principios rectores para la búsqueda de personas desaparecidas.
Identificación de los perpetradores de la alegada desaparición forzada de los señores, Miguel Bautista Avendaño, Donato Bautista Avendaño, Marco Quiroz Riaño, Mayolo Quiroz Barrios y de la señora Irma Galindo Barrios.
De la misma manera, adopción de medidas de protección y asistencia de los familiares de las personas desaparecidas.
Cabe referir que recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó en el amparo en revisión 1077/2019 de la Primera Sala que el cumplimiento de las medidas y acciones urgentes emitidas por el Comité Contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas ONU, es obligatorio para las autoridades del Estado mexicano en sus distintas competencias. Además, dicho cumplimiento debe ser supervisado judicial y constitucionalmente.