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Aprueba Congreso de Oaxaca permitir endeudamiento para los 570 ayuntamientos

por Agencia Zona Roja

Yuridiana Sosa/Zona Roja.

Oaxaca de Juárez, Oax.,a 27 de abril de 2023.- La 65 Legislatura del Congreso de Oaxaca autorizó que los 570 municipios puedan adquirir uno o varios financiamientos para los ejercicios fiscales 2023 y 2024 y hasta el 2025, en el caso de los sistemas Normativos Indígenas, con cualquier institución bancaria.

En sesión extraordinaria de este 27 de abril, el pleno aprobó con 38 votos el proyecto de decreto enviado por el gobernador Salomón Jara Cruz, con el fin que en esos municipios se ejecuten obra pública para la población en pobreza extrema y localidades con un alto o muy alto nivel de rezago social.

El dictamen establece que los municipios, por conducto de funcionarios legalmente facultados, “gestionen y contraten con cualquier institución de crédito o integrante del Sistema Financiero Mexicano, que ofrezca las mejores condiciones de mercado, uno o varios financiamientos, hasta por el monto, para el destino, plazos, términos, condiciones y con las características que en éste se establecen.

“Para que afecten como fuente de pago del o los financiamientos que contraten, un porcentaje del derecho a recibir y los flujos de recursos que individualmente les correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) Municipal y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y para que celebren o se adhieran a los mecanismos de pago de los financiamientos que contraten”.

EL PROCESO

Para este financiamiento, el ayuntamiento interesado no podrá destinar como fuente de pago de obligaciones más del 25 por ciento de los recursos que anualmente les corresponde del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.

El o los financiamientos se podrán contratar en el transcurso de los ejercicios fiscales 2023 y 2014, pero en cualquier caso deberá pagarlo en su totalidad en un plazo que no exceda el periodo constitucional de la administración que lo contrate, es decir, a más tardar el 1 de noviembre de 2024 dentro del plazo de hasta 24 meses para el caso de los municipios que se rigen por el sistema de partidos políticos.

Para el caso de los municipios que se rigen por sistemas normativos indígenas de tres años, a más tardar el 3 de noviembre de 2025 dentro del plazo de hasta 36 meses.

Cada contrato deberá precisarse el plazo máximo en días y la fecha específica de vencimiento para el financiamiento, así como los municipios podrán negociar con la institución de crédito los términos y condiciones de los financiamientos que cada uno decida contratar, con excepción de la tasa fija, en el entendido que, para determinar el monto máximo de cada financiamiento de manera individual celebren deberá considerarse que los recursos que anualmente podrán destinar cada municipio con el FAIS Municipal  para el pago del servicio de su deuda incluidos el pago de capital comisiones intereses y accesorios financieros no podrán exceder el 25 por ciento anual del derecho a recibir y los flujos de recursos que individualmente les correspondan por este concepto en el ejercicio fiscal.

La contratación del financiamiento deberá ser aprobada por las dos terceras partes de los Ayuntamientos.

Además, “sin perjuicio de lo señalado”, el Poder Ejecutivo por conducto de la Secretaría de Finanzas —para el caso de resultar conveniente y con ello se obtengan mejores condiciones de mercado que favorezcan la tasa intereses a favor de los municipios— podrán llevar a cabo los procesos competitivos para la contratación de los financiamientos a favor de los municipios.

El decreto también establece que se autoriza que los municipios puedan agruparse para que entre dos o más de ellos realicen el proceso competitivo a su favor con el objetivo de obtener mejores condiciones de mercado que si lo hacen de manera individual.

EL DESTINO

Las autoridades municipales deberán destinar el monto del crédito en obras o acciones sociales que beneficien de manera directa a la población en pobreza extrema y localidades con un alto o muy alto nivel de rezago social, así como en las zonas de atención prioritaria.

El dinero se podrá aplicar en rubros como agua, alcantarillado, drenaje, urbanización electrificación rural y de colonias pobres infraestructura básica del sector salud y educativo.

El Ayuntamiento ajustará o modificará el presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2023 o 2024, según corresponda, para considerar el importe que permita realizar las erogaciones para el pago del servicio de la deuda a su respectivo cargo que derive de los financiamientos.

MÁS CRÉDITOS

Entre los puntos transitorios se aprobó que los municipios que durante el ejercicio fiscal 2022 contrataron y han desembolsado recursos derivados de unos financiamientos con base en el decreto número 15,  publicado en el Periódico Oficial de Oaxaca en 2022,  que cuenten con capacidad para contratar nuevos, conforme el presente decreto podrán acceder a dichos recursos adicionales, siempre y cuando la afectación de la fuente de pago no rebase el 25 por ciento del FAIS Municipal que les corresponda de acuerdo con lo previsto en la ley de Coordinación Fiscal.

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