Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 15 de mayo de 2024.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó el registro de las candidaturas a diputaciones locales de cuatro ciudadanos, postulados por los partidos del Trabajo (PT), Nueva Alianza Oaxaca y Verde Ecologista de México (PVEM), ya que no acreditaron tener una discapacidad permanente.
Estas postulaciones habían sido aprobadas por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) como parte de las acciones afirmativas, en beneficio de las personas con discapacidad.
En la resolución del juicio ciudadano con clave JDC/186/2024, este órgano jurisdiccional anuló el registro de la candidatura de Heliodoro Caballero Valencia, a la segunda fórmula suplente, por el principio de representación proporcional, al Congreso del Estado, postulada por el PT.
Argumentó que, de la constancia remitida para acreditar su discapacidad, se advirtieron diversas inconsistencias entre las que se encuentran, la falta de identificación de la competencia o cargo que ejerce el especialista médico que expidió la constancia, además que, en esta, no se indica que en la misma se haya certificado que la presunta condición del candidato, sea de la entidad para estimarse como permanente.
Conforme a los lineamientos de la materia, agregó, se hace necesario que sea una autoridad pública competente, la que determine la discapacidad.
Por otro lado, en el expediente JDC/189/2024, el pleno del TEEO canceló, también, el registro de Linda Assiel García Juárez como candidata suplente postulada por el Partido Nueva Alianza Oaxaca, por el distrito local 03, con sede en Loma Bonita Oaxaca.
En este asunto, advirtió que el Consejo General del IEEPCO no realizó un análisis debido relacionado con este registro, ello, porque, de las constancias que integran el expediente, se tiene que, no cumple con los requisitos establecidos en los Lineamientos, pues, no se acredita que tenga una incapacidad permanente.
En tanto, en el juicio con clave JDC/185/2024, este Tribunal revocó los registros de José Ángel Castillo Cruz y Martin Albino Mendoza, candidatos por el principio de representación proporcional, postulados por el Partido Verde Ecologista de México.
Refirió que estos ciudadanos no acreditaron, de manera certera, el requisito de discapacidad permanente, pues del análisis a las constancias remitidas para demostrarlo, no precisaron con exactitud cuál es el motivo de la pérdida de la agudeza visual, esto es, no existe certeza de una discapacidad en específico y, por ello no se advierte que materialmente tengan una condición de salud propia de un grupo de discapacidad.