Evlin Aragón/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 11 de febrero de 2020.- Autoridades comunales de Capulálpam de Méndez dieron a conocer y celebraron la resolución del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Oaxaca, que cancela las concesiones mineras que fueron otorgadas a empresas internacionales al interior de su territorio, ello sin consulta previa de la población como lo prevé el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La sentencia reconoce que la comunidad fue fundada antes que el Estado Mexicano, por lo que canceló las concesiones que fueron otorgadas por la Secretaría de Economía a la minera canadiense Continuum Resources LTD, a la compañía minera La Natividad y Anexas y otros particulares, pata la exploración y explotación de oro, plata y otros minerales.
El largo litigio que duró casi cinco años, obtuvo como respuesta el reconocimiento de la ancestralidad indígena de la comunidad y por tanto su propiedad y posesión de tierras comunales que ocupan desde la época prehispánica, hecho que fue calificado como justicia para los pueblos y comunidades indígenas.
“La sentencia hace justicia a las comunidades y pueblos indígenas de Oaxaca quienes históricamente han padecido discriminación y racismo en la impartición de justicia”, explicaron en conferencia de prensa en la capital del estado.
Con la resolución anterior, el Estado mexicano protege la ancestralidad indígena de la localidad vulnerada al no respetar los acuerdos sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes de la OIT, y reconoce su derecho a tener una vida digna y a permanecer como comunidad indígena libre del extractivismo de minerales por encima de los intereses de particulares.
“Hoy y como desde hace muchos años decimos sí a la vida no a la minería”, explicaron en la conferencia de prensa que realizaron este martes para difundir y celebrar la resolución.
Fue en febrero del 2015, que la comunidad indígena de Capulálpam de Méndez interpuso una demanda de Amparo para solicitar la protección de la justicia federal ante la autorización -sin su consentimiento- de concesiones mineras ubicadas en su territorio comunal y con ello la suspensión de las mismas.