Redacción/Zona Roja.
Oaxaca, Oax., a 12 de diciembre de 2025.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) emitió la Recomendación 23/2025 tras analizar los hechos ocurridos en el municipio de Salina Cruz, el 13 de septiembre pasado, en que fue hallada sin vida una mujer detenida.
Según el organismo, “se identificaron elementos que permiten advertir posibles vulneraciones al derecho a la libertad personal, a la seguridad jurídica y a la integridad y seguridad personal en agravio de una mujer, así como afectaciones a los derechos de sus familiares.
Andrea Tamara B. A., fue detenida por presuntas faltas administrativas y llevados a los separos de la comandancia municipal; sin embargo, de acuerdo con un video difundido, utilizo su ropa para colgarse de los barrotes y quitarse la vida.
Posteriormente, con la presentación formal por parte de la víctima indirecta y tras las diligencias realizadas, la Defensoría advirtió que la persona detenida fue ingresada a una celda sin que existiera constancia visual o auditiva que permitiera confirmar que se le informaron los motivos legales de su detención o que se hubiese cumplido con los protocolos previstos para garantizar una audiencia ante la autoridad competente.
Tampoco se contó con elementos que acreditaran que la mujer tuvo acceso a una defensa adecuada o que se hubiera facilitado su comunicación con algún familiar o representante.
Estas omisiones, de acuerdo con la valoración realizada por la institución, generaron un escenario que compromete la legalidad del procedimiento administrativo y que coloca en riesgo el ejercicio de derechos fundamentales relacionados con la libertad personal y la seguridad jurídica
La DDHPO destacó que desde el momento en el que el Informe Policial Homologado fue recibido por una persona juzgadora cívica, recaía en dicha autoridad la responsabilidad de asegurar la apertura y conducción del procedimiento administrativo con apego a las formalidades esenciales previstas en el Reglamento de Justicia Cívica, incluidas la escucha directa de la persona detenida y la garantía de su derecho de audiencia.
Asimismo, la institución señaló deficiencias en la certificación médica, ya que en las videograbaciones disponibles no se observó ninguna valoración al ingreso, y, pese a ello, el personal médico del juzgado cívico asentó que la mujer se encontraba bajo el influjo de alcohol u otras sustancias sin que esto derivara en su canalización a un servicio de salud.
Estas condiciones la colocaron en un nivel mayor de vulnerabilidad y evidencian la necesidad de garantizar que toda persona bajo custodia estatal cuente con una valoración médica adecuada, independiente y oportuna.
A partir de estos hallazgos, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca dirigió la Recomendación 23/2025 al ayuntamiento de Salina Cruz, sugiriendo acciones encaminadas a avanzar hacia la reparación integral y la no repetición.
Entre las medidas propuestas se encuentran la inscripción de las víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas y la provisión de atención psicológica y tanatológica especializada y continua, conforme a lo establecido en la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca.
La institución también consideró necesario que se emita una circular interna mediante la cual se instruya a la Comisaría de Seguridad Pública a abstenerse de ingresar a personas detenidas en los separos sin haberlas puesto previamente, de manera formal y material, a disposición del Juzgado Cívico Municipal.
La recomendación incluye además la importancia de que la Comandancia Municipal cuente con un servicio médico encargado de evaluar a todas las personas aseguradas desde el momento de su ingreso.
