Evlin Aragón/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., 15 de julio de 2020.- El pleno de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la invalidez de las elecciones en los municipios de San Pedro Ocopetatillo, Santiago Choápam, San Antonio de la Cal y San Jorge Nuchita, del estado de Oaxaca.
De acuerdo con los magistrados y magistrada, la discriminación y la violencia política por razón de género se hizo presente en el municipio de Santiago Choápam, razón por la que invalidaron la elección de concejales y se dictaminó que se lleven a cabo comicios extraordinarios, debido a que no se garantizó el derecho de las mujeres a ser postuladas como candidatas.
Con ello revocaron la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO) que, a su vez, dejó sin efecto el acuerdo SNI-423/2019, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que previamente señalaba las irregularidades.
La determinación del Pleno obedeció a que la acción afirmativa implementada por el tribunal oaxaqueño, consistente en que se elijan a mujeres en las asambleas electivas pendientes por celebrarse en las comunidades de Santa María Yahuivé y San Juan Teotalcingo, es insuficiente para garantizar el derecho de las mujeres de todo el municipio a ser votadas y de participación política en condiciones de igualdad frente a los hombres.
En San Pedro Ocopetatillo, la Sala Xalapa confirmó la determinación del TEEO y del IEEPCO de invalidar la elección de concejales, ya que al interior de la comunidad se celebraron dos asambleas electivas, cuyas actas carecían de todos los elementos establecidos en la convocatoria; ello debido un conflicto intercomunitario que se vive en la zona y que generó incertidumbre respecto de la veracidad en ambos procedimientos.
Los magistrados y magistrada también confirmaron la sentencia de los órganos electorales locales que invalidaron la elección de concejales en San Jorge Nuchita, ya que la asamblea general comunitaria, llevada a cabo el 22 de diciembre de 2019, no contó con elementos suficientes que la dotaran de validez, debido a la existencia de diversas irregularidades, tanto en el proceso de convocatoria como de celebración de la asamblea, las cuales trastocaron el sistema normativo interno y el principio de universalidad del sufragio.
Por último, revocaron la sentencia del TEEO que, a su vez, revocó el acuerdo del IEEPCO con el que se invalidó la elección ordinaria de concejales en San Antonio de la Cal, por diversas irregularidades acontecidas, dentro de ellas la violencia y exclusión de candidatos que se registró durante la Asamblea General, restringiendo su derecho a ser votados y el derecho de la ciudadanía de votar por ellos.
Todo lo anterior quedó resuelto en sesión pública no presencial de resolución, celebrada por videoconferencia ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Así mismo, la Sala Regional Xalapa confirmó la validez de las elecciones de concejales celebradas en los municipios de San Baltazar Loxicha; San Martín Toxpalan; San Carlos Yautepec; Santiago del Río; Santiago Lachiguiri; así como las elecciones de los municipios de San Pedro Molinos, Tlaxiaco; Santa María la Asunción; San Martín Itunyoso; San Agustín de las Juntas; y San Sebastián Tutla, decretadas mediante acuerdos del IEEPCO.