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Pide Tribunal al Congreso iniciar revocación de mandato de un edil de Oaxaca

por Agencia Zona Roja

Redacción/Zona Roja.

Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 21 de septiembre de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró existente la violencia política en razón de género atribuida al presidente municipal de Taniche, Ariel Osbaldo Ramos González, en agravio de Alejandra Jacqueline Barragán Corres, regidora de Hacienda de esa localidad.

Por unanimidad, el organismo determinó dar vista al Congreso del Estado de Oaxaca, para que en términos de lo dispuesto por el artículo 61, fracción IX, de la Ley Orgánica Municipal, inicie en contra de Ramos González, el procedimiento de revocación de mandato correspondiente.

En la resolución del Procedimiento Especial Sancionador con clave PES/29/2021 se tuvo por acreditado que el presidente municipal de Taniche obstaculizó el ejercicio de las atribuciones inherentes al cargo de la entonces regidora de Hacienda, ya que de las constancias que obran en el expediente se advirtió la negativa de Ariel Osbaldo Ramos González de convocarla tanto a sesiones de Cabildo como de la Comisión de Hacienda, así como, la negativa en otorgarle información de la cuenta pública.

Aunado esto, refiere esta sentencia, las conductas denunciadas por la regidora, tales como: menosprecio, malos tratos, insultos, agresión verbal con palabras denigrantes, y continuas formas de ser ignorada por parte del presidente municipal, obligándola incluso a considerar dejar el cargo para el cual fue electa; se basaron en elementos de género, y tuvieron como resultado el menoscabo en el goce y ejercicio de su cargo.

El Tribunal ordenó, además, dar amplia difusión a esta sentencia como medida de reparación integral, en consecuencia, dispuso fijar el resumen de esta resolución, en el lugar destinado para los estrados del ayuntamiento del municipio de Taniche.

Esta sentencia se emite en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la tercera circunscripción electoral plurinominal, con sede En Xalapa, Veracruz, al resolver el juicio electoral: SX-JE-156/2021.

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