Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 4 de abril de 2024.- Con 24 votos a favor, el pleno del Congreso del Estado de Oaxaca, aprobó la iniciativa de reforma al Código Penal para castigar hasta con seis años de prisión a quien cometa el delito de violencia de pareja.
La iniciativa había sido planteada por la diputada Liz Arroyo, presidenta de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la 65 Legislatura, quien externó su beneplácito por el aval a esta modificación.
Con esta reforma se reconoce la violencia contra las mujeres por razón de género en el ámbito de pareja.
Así como se establecen medidas para prevenir y actuar ante la violencia en el noviazgo y relaciones análogas (similares) que afecta mayoritariamente a las jóvenes.
Además, establece que quien cometa el delito de violencia de pareja se le impondrá de uno a seis años de prisión y una multa económica de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
“Esta reforma es un gran paso hacia la justicia de las mujeres de Oaxaca. Seguiré trabajando para vivir en un estado más seguro e igualitario para nosotras”, puntualizó Liz Arroyo.
Esta modificación es a los artículos 8, 9 y 51 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género; así como una reforma al artículo 404 y se agrega el capítulo VII denominado “violencia de pareja” al “Título Vigésimo Segundo. Delitos contra el derecho a una vida libre de violencia”, el cual contiene un artículo nombrado 412 Octies.
Dicho artículo 412 Octies del Código Penal de Oaxaca define que, “la violencia de pareja, es el acto abusivo de poder, dirigido a dominar, someter, controlar, humillar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial o contra los derechos sexuales a la víctima, cuyo activo tenga o haya tenido relación de noviazgo, sentimental, afectiva, íntima o de hecho equiparable”.