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Juez ordena pago de laudo a ayuntamiento de Xoxocotlán; edil se niega

por Agencia Zona Roja

Yuridiana Sosa/Zona Roja.

Oaxaca de Juárez, Oax., 25 de enero de 2020.- A dos años del expediente de amparo y casi 10 del expediente laboral por el que se emitió el laudo, el Juez Primero de Distrito ordenó ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán, encabezado por Alejandro López Jarquín, informe sobre el presupuesto para finiquitar el adeudo.

La demanda fue interpuesta por dos extrabajadores afectados y el expediente se inició en el año 2008; fue el 25 de junio de 2010 en que se dictó el laudo que condena a la autoridad municipal al pago. Ante la omisión e incumplimiento del edil López Jarquín, emanado del PRD, los demandantes interpusieron un amparo.

Bajo el expediente de queja 79/2018, el juez ordenó la semana pasada la presentación de una copia certificada del presupuesto del ejercicio fiscal 2020, en el cual se haya contemplado la partida relativa al numerario pendiente de pagar a la parte quejosa.

Pero, además, la autoridad judicial sentenció a cada uno de los integrantes del citado ayuntamiento que, de no cumplir con lo ordenado por la autoridad federal, se les impondrá a cada uno una multa de 100 unidades de medida y actualización vigente, equivalente a ocho mil cuatrocientos cuarenta y nueve pesos, conforme a lo establecido en los artículos 238 y 258 de la Ley de Amparo.

La orden emitida 15 de enero de este año, advierte a la Síndica Constitucional del Ayuntamiento, informe el nombre de cada uno de los miembros del Cabildo del Santa Cruz Xoxocotlán, lo cual ha omitido en anteriores requerimientos.

“De llegarse a iniciar el procedimiento de inejecución, y que el Tribunal Colegiado de Circuito en Turno esté en condiciones de realizar el proyecto de separación de los cargos respectivos y consignaciones, requiérase nuevamente a la citada Síndico Municipal para que cumpla con lo antes precisado, debiendo remitir las constancias que acrediten los nombramientos respectivos, tanto de los que fungieron como los actuales”, sentencia la orden del Juez.

En caso que la Síndica no cumpla, sin causa justificada, será acreedora a una multa de cincuenta unidades de medida y actualización vigente de acuerdo con lo previsto en los artículos 237, de la Ley de Amparo.

El proceso legal fue interpuesto por B. J. P. O. y F. A. L. desde el año 2018; en el mismo demandan no solamente el pago de salarios caídos, sino también indemnización, vacaciones, horas extra, entre otros.

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