Redacción/Zona Roja Cdmx.
(Información de “El Financiero”)
Ciudad de México, a 22 de mayo de 2026.- ¿Puede ser motivo de despido que un funcionario grabe tiktoks en una oficina pública y en su horario laboral?
La pregunta comenzó a surgir luego de que dos abogadas e integrantes de la ponencia del ministro Irving Espinoza Betanazo presentaron sus renuncias tras haber utilizado las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para grabar un comercial de botanas para su difusión en redes sociales.
El video muestra a las trabajadoras de la Corte promocionando la marca de botanas Snack’in For You, para lo cual crearon una historia ficticia sobre el ‘estrés laboral’.
“La jefa no me dejó salir y le tuve que robar su botana”, dice una de ellas, para promocionar el producto.
Las imagenes causaron críticas en redes sociales por el uso indebido de las instalaciones del máximo tribunal y por haberse realizado dentro del horario laboral de las abogadas, mientras la Corte tiene inumberables asuntos y casos por resolver. ¿Qué dice la ley?
La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) es la que regula la conducta de los servidores públicos, definiendo las faltas administrativas entre graves y no graves.
Sobre hacer un “mal uso de oficinas o instalaciones públicas”, esta legislación no utiliza dicha frase exacta, sino que conceptualiza el uso de la infraestructura, los bienes y los espacios públicos bajo los términos jurídicos de custodia de bienes (para faltas no graves) y recursos materiales (para faltas graves).
Si un servidor público, o en este caso, una abogada de una ponencia de la SCJN usa las instalaciones donde trabaja de forma negligente, descuidada, o violando los reglamentos de seguridad internos, se aplicará el Artículo 49, fracción V de la LGRA.
Debido a la polémica generada, la SCJN se deslindó de ambas abogadas y dijo que investiga el caso.
“Ni el Alto Tribunal ni el ministro Irving Espinosa Betanzo, titular de la ponencia donde laboraban las personas que aparecen en el video, autorizaron que las instalaciones fueran utilizadas para actividades de comunicación ajenas a las funciones oficiales de la Suprema Corte”, indicó en un comunicado..
Añadió que la difusión del comercial se realizó a título estrictamente personal y “no representa, respalda ni constituye una actividad institucional de este Máximo Tribunal”.
Tras las primeras elecciones judiciales de la historia realizadas en 2025, en las que se renovó la integración de la Suprema Corte en su totalidad, el escrutinio público ha aumentado hacia el máximo órgano de impartición de justicia.
