Redacción/Zona Roja.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 13 de marzo de 2025.- La 66 Legislatura local aprobó ayer con 30 votos a favor y dos en contra el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en materia del Poder Judicial del Estado de Oaxaca, propuesta por el gobernador Salomón Jara Cruz.
Esta reforma al Poder Judicial de la entidad tiene por objeto adecuar la Carta Magna local para realizar la renovación de los cargos de elección del poder judicial local, quienes serán electos por el pueblo de Oaxaca a través del voto popular.
De igual manera se reduce de 28 a 16 magistraturas, la renovación de la totalidad de los cargos de magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Oaxaca, juezas y jueces de primera instancia y de los juzgados en materia laboral del Poder Judicial, se realizará en el año 2027.
Además, se creará el Tribunal de Disciplina Judicial, que se integrará por tres magistradas o magistrados, que durarán seis años en su encargo, serán sustituidos de manera escalonada y podrán ser electos para un nuevo período.
Y un Órgano de Administración Judicial, el cual se integrará por tres personas que durarán en su encargo seis años improrrogables, de las cuales, una persona será designada por el Gobernador; otra por el Congreso del Estado; y una por el Poder Judicial.
Con la creación de estas dos instituciones se desintegrará el Consejo de la Judicatura para garantizar mayor transparencia en los procesos de selección y evaluar mejor a los integrantes del Poder judicial.
En el caso de las elecciones de magistraturas del Pleno del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal de Disciplina serán estatales y para las elecciones de juezas y jueces de primera instancia, se realizarán por distrito judicial.
Ahora bien, las magistradas y magistrados del TSJ, los jueces de primera instancia y en materia laboral durarán en su cargo nueve años. En el caso de las y los magistrados no podrán ser reelectos. Por su parte, juezas y jueces podrán ser reelectos en una ocasión de forma consecutiva.
Y en el caso de quienes integren el Tribunal de Disciplina durarán seis años en su encargo, serán sustituidos de manera escalonada y podrán ser electos para un nuevo período.
En lo que respecta a la forma de selección de cargos en el Poder Judicial, esta se realizará con procesos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos, accesibles y paritarios.
Es de destacar de esta reforma, que la remuneración que perciban por sus servicios las magistradas y los magistrados, las juezas y los jueces, y demás personal del Poder Judicial, no podrá ser mayor al establecido para la gobernadora o gobernador del estado. Así mismo, el cargo de las magistraturas no generará derecho a jubilación y, además, con esta modificación se respetarán los derechos laborales de las y los trabajadores.